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Revés para la acusación del fiscal Patricio Sabadini

Caso Exen: revocan los procesamientos y todos los imputados quedaron en libertad

La Cámara Federal ordenó la inmediata libertad de los detenidos y remarcó que la causa sigue abierta, ya que aún deben profundizarse medidas.

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia dictó la falta de mérito para los integrantes del grupo investigado por presunto lavado de activos y ordenó la inmediata libertad de quienes permanecían detenidos exclusivamente por esta causa. No obstante, la investigación continúa y se mantienen las medidas cautelares sobre los bienes.

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Todo lo incautado de los gimnasios deberá seguir bajo custodia de las fuerzas de seguridad y la Justicia.

La situación judicial de los principales imputados en la denominada causa Exen dio un giro significativo este martes, luego de que la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia revocara los procesamientos con prisión preventiva que pesaban sobre Federico Alejandro Clinis Canal, Sergio Nicolás Clinis Canal, María Graciela Canal, Jorge César Alberto Vargas y Mauro Emmanuel Lugo Heim.

En una resolución de 21 páginas a la que accedió NORTE, el tribunal resolvió dictar la falta de mérito para todos ellos, al considerar que, si bien subsisten elementos que justifican la continuidad de la investigación, todavía no existen pruebas suficientes para sostener, con el grado de probabilidad requerido para un procesamiento, que los fondos utilizados en el crecimiento empresarial investigado provengan de actividades ilícitas vinculadas al narcotráfico.

Los camaristas señalaron que la instrucción a cargo del fiscal Patricio Sabadini y la jueza Zunilda Niremperger logró acreditar vínculos comerciales y contactos entre algunos de los investigados y personas ligadas a otra causa federal de narcotráfico y lavado, pero remarcaron que ello no alcanza, por sí solo, para demostrar que los bienes incorporados a las firmas investigadas tengan origen criminal.

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Federico Alejandro Clinis Canal, Mauro Emmanuel Lugo Heim y Sergio Nicolás Clinis Canal.

Uno de los aspectos centrales del fallo es que la Cámara consideró insuficiente la prueba reunida hasta el momento para establecer un nexo concreto entre el supuesto delito precedente y los recursos económicos que permitieron la expansión de la cadena de gimnasios Exen y otros emprendimientos vinculados a los acusados.

Por ese motivo, concluyó que no correspondía mantener los procesamientos dictados por la jueza de primera instancia.

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