La Legislatura avaló beneficios para excombatientes y para bomberos
Los diputados provinciales confirmaron el beneficio graciable y vitalicio dispuesto por decreto.
En la sesión ordinaria Nº 14, la Cámara de Diputados del Chaco ratificó el decreto que incrementa la pensión graciable y vitalicia destinada a excombatientes de Malvinas. Además, sancionó leyes vinculadas con la emergencia habitacional, los programas provinciales y municipales de asistencia social, la protección de los bomberos voluntarios, la inclusión y la prevención de estafas digitales, entre otros temas.

El cuerpo ratificó el decreto Nº 1348/2024 que incrementa, a partir del 1 de agosto de 2024, los montos de las pensiones graciables y vitalicias previstas en los artículos 11 y 17 de la Ley Nº 2017-H.
La normativa establece que el beneficio contemplado en el artículo 11 equivalga al 100 % de la remuneración total correspondiente a un jefe de departamento, categoría 3, del escalafón del personal del Ejecutivo, mientras que el previsto en el artículo 17 se fija en el 80 % de esa misma referencia salarial.
La mencionada ley establece una pensión provincial graciable y vitalicia para excombatientes, exsoldados chaqueños movilizados y exsoldados chaqueños o residentes en la provincia que no fueron movilizados, pero permanecieron acuartelados o fueron convocados por el Distrito Militar Chaco.
Por otra parte, los legisladores aprobaron la reinstauración, por el término de dos años a partir del vencimiento del plazo establecido por la Ley Nº 4085-K, de la vigencia de la Ley Nº 3201-K, que declara la emergencia habitacional y de infraestructura social básica en la provincia.

BOMBEROS
Además se sancionaron modificaciones a distintos artículos de la Ley Nº 2088-C, que regula la organización, misión y funcionamiento de las asociaciones civiles de bomberos voluntarios del Chaco y su vinculación con el Estado provincial.
Entre las principales medidas, se establece que la Provincia contrate directamente los seguros de accidentes personales y de los vehículos destinados al servicio. Además, se garantiza asistencia médica a los bomberos activos que no cuenten con cobertura de salud.
La reforma también amplía la cantidad de efectivos contemplados en la cobertura, al pasar de un bombero por cada 1.500 habitantes a uno por cada 1.000. A su vez, garantiza una cobertura mínima de ocho bomberos en los municipios con menos de 8.000 habitantes.
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