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La discapacidad es una prioridad

A través del proyecto de ley, se establecen marcos normativos clave para asegurar el financiamiento del sistema.

El proyecto de Ley de Discapacidad, con media sanción de Diputados, establece modificaciones sobre el financiamiento de las prestaciones, los requisitos para acceder a las pensiones, la inclusión laboral y los mecanismos de control.

06- Discapacidad Zimermman

El acuerdo alcanzado permite avanzar en la definición de reglas para el mejor funcionamiento del sistema y las responsabilidades de los organismos involucrados.

Uno de los puntos centrales es, la salida del régimen de emergencia y la continuidad de las prestaciones básicas previstas en la Ley 24.901, junto con la actualización del nomenclador.

En materia presupuestaria, se establecen mecanismos de compensación entre partidas y cuando los créditos disponibles resulten insuficientes, se dispone que los presupuestos deberán contemplar los recursos necesarios para sostener el sistema.

Requisitos e incrementos en las pensiones

 En cuanto a las pensiones, el proyecto incorpora requisitos como el Certificado Único de Discapacidad y un límite de ingresos equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles. También permite compatibilizar la pensión con un empleo formal dentro de ese umbral y establece auditorías periódicas, con derecho de descargo para los beneficiarios. Además, prevé la actualización de los haberes por el índice de precios al consumidor (IPC).

discapacidad

Incentivos, cobertura y articulación

 El texto mantiene los incentivos para empleadores que contraten personas con discapacidad por tiempo indeterminado, mediante una reducción del 50% de las contribuciones patronales durante tres años. Asimismo, confirma la cobertura sanitaria a través de Incluir Salud y promueve la articulación entre los organismos nacionales y las provincias, además de la capacitación de quienes prestan servicios de atención.

Regularización de deudas y transparencia

 Otro aspecto importante es la situación de los prestadores: si quedan compensaciones pendientes, el Poder Ejecutivo deberá publicar un cronograma de pago dentro de los 30 días corridos desde la entrada en vigencia de la ley y completar la cancelación en un plazo de 90 días. A esto se suman obligaciones de transparencia sobre la ejecución presupuestaria, los aranceles vigentes y la cantidad de pensiones otorgadas.

Alcance normativo

La media sanción, votada por amplia mayoría (más de dos tercios), también prevé la derogación de determinados artículos de la ley de emergencia y establece un plazo de treinta días hábiles para su reglamentación.

De esta manera, el dictamen aborda aspectos centrales de la gestión del sistema: cómo se financia, quiénes acceden a las prestaciones, qué controles se aplican y cómo se ordenan los compromisos pendientes con los prestadores.

La inclusión como política prioritaria. La discapacidad no puede quedar atrapada en la incertidumbre administrativa ni en la disputa política, debe ocupar un lugar permanente en una agenda de derechos, inclusión y oportunidades para todos los argentinos.

(*) Senador Nacional (m/c)

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