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En Corrientes

La Justicia ordenó la suspensión de tres alumnas por un caso de bullying

La Justicia intervino nuevamente en Paso de la Patria ante una denuncia por acoso escolar en la única escuela secundaria del lugar.

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   A través de una medida cautelar, el juez Hugo Alejandro Sánchez Martínez resolvió que tres alumnas acusadas de ejercer hostigamiento hacia una compañera de 17 años deberán continuar sus estudios de manera virtual durante 90 días. La medida busca proteger a la denunciante y evitar nuevos episodios de maltrato dentro del establecimiento educativo.

   El fallo, emitido por el titular del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, Familia, Niñez, Adolescencia y de Paz de Paso de la Patria, fue motivado por la denuncia presentada por la madre de la estudiante afectada, quien relató una situación sostenida de acoso psicológico y hostigamiento por parte de sus compañeras. El juez consideró que existían elementos suficientes para presumir una situación de vulnerabilidad que requería una respuesta inmediata del Poder Judicial.

   Este nuevo caso tiene un antecedente directo: en 2023, el mismo magistrado debió intervenir en otro episodio de acoso escolar en el mismo colegio, lo que evidencia una problemática persistente en la institución. En aquella oportunidad, se trató de un alumno de 14 años víctima de agresiones físicas y verbales por parte de otros tres estudiantes, situación que derivó en medidas de restricción y la obligación de asistencia a tratamiento psicológico por parte de los involucrados.

   En esta ocasión, el juez ordenó a las autoridades de la escuela secundaria "Primer Teniente de la Fuerza Aérea Argentina Miguel Ángel Giménez", ubicada en esta localidad turística y ribereña, que implementen un régimen especial de clases virtuales para las alumnas señaladas. La finalidad de la disposición es garantizar un entorno escolar seguro para la estudiante denunciante y cortar con la dinámica de acoso.

   Además, se dispuso una restricción de contacto más amplia que alcanza a otros nueve alumnos del establecimiento. La medida prohíbe cualquier tipo de interacción, ya sea presencial o a través de redes sociales y plataformas de mensajería, con la joven afectada. El juez fue enfático en advertir que el incumplimiento de estas órdenes judiciales podría dar lugar al inicio de acciones penales.

   La resolución judicial se basó en diversas pruebas, incluyendo testimonios, mensajes de texto, audios y capturas de pantalla, que evidenciarían un patrón de agresiones reiteradas. Aunque la defensa de las estudiantes suspendidas criticó la decisión por considerarla desproporcionada, el magistrado sostuvo que incluso con un "plexo probatorio limitado", los indicios eran suficientes para actuar con urgencia en resguardo de la integridad psicofísica de la víctima.

   El abogado defensor de las adolescentes, Nahuel Benito, expresó públicamente su disconformidad con la medida, argumentando que se estaba afectando el derecho a la educación de sus clientas, quienes cursan su último año de secundaria. Según declaró al diario El Litoral, "la decisión se basa únicamente en la manifestación de la madre de la denunciante, sin pruebas concluyentes, y obliga al sistema educativo a implementar un esquema de clases virtuales que no está en condiciones de garantizar".

   Benito también minimizó la gravedad de los hechos, señalando que se trataba de "un chat entre adolescentes de 16 y 17 años sin intención de dañar a nadie ni incitar al suicidio". Aclaró, además, que no existía en la causa ninguna denuncia formal ni intento de autolesión por parte de la joven.

   Sin embargo, el juez consideró que el caso encuadraba claramente dentro de lo que se conoce como bullying o acoso escolar. En su fallo, explicó que el hostigamiento escolar suele caracterizarse por la repetición de burlas, agresiones físicas o simbólicas que se intensifican con el tiempo y que pueden derivar en la exclusión social de la víctima o incluso en consecuencias emocionales graves.

   El magistrado también remarcó que las agresiones no se limitaban al entorno escolar, sino que se extendían al ámbito digital, constituyendo así un caso de ciberacoso, un fenómeno cada vez más frecuente entre adolescentes y que agrava los efectos del bullying tradicional.

    "El acoso implica una repetición continuada de burlas o agresiones que suelen ir en un espiral creciente de violencia y terminar produciendo la exclusión social de la víctima o una suerte de muerte civil", sostuvo Sánchez Martínez, quien resaltó el desequilibrio de poder entre las partes como una característica central del fenómeno.

   Las autoridades del colegio ya fueron notificadas y deberán implementar las medidas dispuestas por el juzgado. Los adolescentes involucrados y sus tutores también fueron informados formalmente. En caso de incumplimiento, podrían enfrentar consecuencias legales de mayor gravedad.

   El juzgado, por su parte, dejó abierta la posibilidad de adoptar nuevas disposiciones si surgen elementos adicionales en la causa o si las condiciones de protección de la víctima lo requieren. Con este nuevo episodio, el Poder Judicial vuelve a poner el foco en la necesidad de prevenir y actuar con firmeza ante situaciones de acoso escolar, que afectan de forma directa el bienestar emocional y el derecho a la educación de niños y adolescentes.

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