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Las modificaciones de la Ley Ómnibus desequilibran las fuerzas en un sector clave

Advertencia y rechazo de productores a los cambios en la Ley de Semillas 

El dirigente chaqueño de Federación Agraria, Martín Spada recordó la histórica posición de la entidad contra cualquier pago que se imponga al agricultor y sea posterior a la compra de la bolsa de semillas.

"Está pasando desapercibido un artículo de la Ley Ómnibus que puede cambiar las condiciones estructurales de la producción agrícola en Argentina, y no precisamente para bien".Esta advertencia de Juan O"Farrell, coordinador del área de Recursos Naturales de Fundar -una organización dedicada al estudio a la investigación y diseño de políticas públicas en el país- llegó hace pocos días, mientras las miradas estaban puestas en otro abanico de temas y urgencias que abarca el proyecto debatido en el plenario de comisiones de Diputados. 


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(Foto ilustrativa: Infobae)

El tema no es menor porque toca una parte siempre sensible del sistema productivo argentino: la propiedad intelectual de las semillas y una potencial nueva posición con más poder de entidades que desarrollan y registran nuevas semillas.

En el proyecto de ley, la Sección II sobre "Adhesión a Convención", en su artículo 241 propone que Argentina adhiera "a la Convención Internacional sobre la Protección de Nuevas Variedades Vegetales (UPOV) Acta 1991", ya que en el presente, el país se encuentra adherido a UPOV Acta 1978.

Conocido el rumbo propuesto por el Gobierno nacional, a fines de la semana pasada, las entidades del campo plantaron posición. En un comunicado conjunto, Federación Agraria Argentina (FAA), Sociedad Rural (SRA) y Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) consideraron "inoportuna" la inclusión del tema en la ley, y advirtieron que la adhesión al nuevo esquema "implica la pérdida del derecho de uso propio por parte de los agricultores y la mayor extensión de los derechos de los obtentores", es decir, esas entidades que desarrollan y registran nuevas semillas. 

UPOV –explica O"Farrell- es la Unión Internacional para la Protección de Nuevas Variedades de Plantas, un organismo con sede en Ginebra, cuyas convenciones fueron reformadas en 1972, 1978 y 1991. Argentina está adherida a UPOV 78. "UPOV 91 amplía y fortalece los derechos de los obtentores, limita el privilegio del agricultor y la excepción del fitomejorador", precisa, y advierte que, por el nivel de protección que otorga, muchos la igualan a las condiciones de un sistema de patentes.

"La Federación Agraria viene hace años planteando varios puntos, como el uso propio de la semilla y que el pago de la tecnología de Monsanto sea únicamente en la bolsa, sin aceptar el pago de regalías por uso de la tecnología, que es lo que quieren lograr los semilleros que están en UPOV 91. Por eso es la oposición a que se modifique la Ley de Semillas", explicó a NORTE Martín Spada, productor chaqueño y síndico titular de la FAA. 


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Martín Spada, síndico titular en FAA.

Así, consideró que "es perjudicial" una reforma que suponga el pago de regalías a semilleros, junto con "todo lo que implique agregar costos a un sector que ya tributa mucho". 

En ese punto, Spada recordó un antecedente con el algodón, la producción insignia del Chaco: "Se detectaron cultivares con genes que Monsanto tenía en Estados Unidos, y quisieron cobrar por la tecnología en la semilla". "Es por estas situaciones que FAA se opone a cualquier pago posterior a la compra de la bolsa de semilla a la empresa; porque sería como que una automotriz te pidiera una cuota anual por usar el auto que ya compraste", graficó. 

Reuniones con legisladores 

Luego del análisis sobre el impacto en la producción agropecuaria que tendrá la denominada Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, Federación Agracia mantuvo en las últimas semanas reuniones con distintos bloques de diputados.

Así, Spada recordó los encuentros de autoridades federadas con el bloque de la UCR en Diputados, y con Hacemos Coalición Federal que lidera Miguel Ángel Pichetto. Ante los legisladores plantearon "una serie de puntos sobre la propuesta de extranjerización de tierras, retenciones a la agroindustria, ley de semillas y gran parte de las 300 leyes que incluyen la Ley Ómnibus y el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023". 

Federación Agraria se opone a cualquier pago posterior a la compra de la bolsa de semilla a la empresa; porque sería como que una automotriz te pidiera una cuota anual por usar el auto que ya lo compraste. 

Comunicado conjunto 

La semana pasada, FAA, la Sociedad Rural y CRA dieron a conocer un comunicado conjunto sobre las modificaciones en la Ley de Semillas, donde consideraron como "inoportuna" la propuesta de adhesión a UPOV 91 y abogaron "por retirarla del proyecto de Ley de Bases". En cambio, propusieron "abordar este tema en una actualización integral de la Ley de Semillas, escuchando y participando todos los sectores involucrados".

Las tres entidades alertaron que "la adhesión a UPOV 91 implica, entre otras cosas, la pérdida del derecho de uso propio por parte de los agricultores y la mayor extensión de los derechos de los obtentores (semilleros)".  

Este cambio de adhesión a la convención internacional, según indicaron, "beneficia principalmente a desarrolladores comerciales de variedades uniformes, limitando los derechos de los agricultores para guardar y utilizar semillas y material de propagación".Al respecto, señalaron que "sus características claves incluyen la necesidad de autorización del obtentor para el uso propio, la extensión de derechos hasta el producto de la cosecha (lo cosechado) y una ampliación en la duración del derecho de propiedad".

Asimismo, recordaron que, en América Latina solo Costa Rica y Perú han adoptado UPOV 91, mientras que ningún país de la región está adherido. "Destacamos la importancia de equilibrar los derechos del obtentor con los derechos de los agricultores, señalando que la adhesión limitaría el derecho de uso propio del agricultor y extendería los derechos del obtentor hasta el producto final de la cosecha", subrayaron.

Por las razones enumeradas, y porque, además, hoy están resguardados los derechos de propiedad intelectual de los obtentores en convivencia con el derecho de uso propio del agricultor, las entidades solicitaron retirar del proyecto de Ley la adhesión a UPOV 91, asegurando así "una legislación equitativa que contemple y refleje los derechos de todos los actores en el sector agrícola".


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Las reuniones que mantuvieron autodiades de FAA con distintos bloques de diputados.

La defensa de los cambios 

Acceso a la mejor tecnología genética

Desde la Secretaría de Bioeconomía de la Nación aseguraron que adherir a la nueva convención internacional "significa el acceso a la mejor tecnología genética disponible para todos los productores". 

"La adhesión al Acta de UPOV 1991 permitirá que el productor argentino acceda a la mejor tecnología genética del mundo, que es clave para incrementar la productividad y nutrición de los cultivos, los saldos exportables y la resiliencia de los mismos frente a la creciente volatilidad climática",indicaron en un comunicado difundido por el área que conduce Fernando Vilella.

Sopesando los "beneficios", indicaron que "el Acta 1991 crea el uso propio por parte de los agricultores; excepción que no existe en el Acta 1978 a la cual Argentina se encuentra adherida hoy". "En la actualidad, autorizar el uso propio de determinas especies en Argentina es un requisito que debe cumplirse para poder ejercerlo, esto implica declarar variedades utilizadas, cantidad de producción, entre otras; bajo apercibimiento de multas y de perder este derecho", agregaron.

Además, destacaron que "en los países adheridos a UPOV Acta 1991, han reglamentado que los pequeños productores quedan exceptuados de pagar por el uso propio" de las semillas. 

"Respecto a los pequeños agricultores y al uso de sus semillas nativas y criollas, UPOV 1991 no viene a regular sobre material sin propiedad intelectual, por lo cual estas especies no son alcanzadas por el Acta 1991", aclararon.

Desde el área confiaron en que la adhesión al acta de UPOV 1991 "potenciará a desarrolladores de genética locales tales como el INTA, que es el principal obtentor de variedades de Argentina con inversión pública en mejoramiento, y a otros como el Conicet, la estación experimental Obispo Colombres y obtentores pymes nacionales, garantizando un desarrollo federal inclusivo".

Esta adhesión –continuaron- dará impulso al desarrollo genético en cultivos tales como arvejas, lentejas, garbanzo, lechuga, tomate, maní, porotos, claves para mejorar la seguridad alimentaria, donde la Argentina tiene el potencial de ser líder global.

Adhesiones de países desarrollados 

Se indica también que "hoy los países desarrollados y economías que protegen su propiedad intelectual se encuentran en su mayoría adheridos al Acta de UPOV 1991; son 61 de los 78 miembros de UPOV".

En esa línea, se resalta que "el 80% de los países de la OCDE están adheridos a UPOV Acta 1991: son 29 de 38 países que integran la Unión Europea; Estados Unidos, Japón, Canadá, Australia, Israel, entre otros".

Mientras que se afirma que "en la región de Latinoamérica, los países adheridos son Perú, Costa Rica, República Dominicana, Panamá". "Un país como Perú, megadiverso, y que protege sus recursos genéticos adhirió hace más de 10 años al acta a fin de fortalecer estos principios en distintos ámbitos", ponderaron.

"La Adhesión de Argentina representará una ventaja competitiva para nuestra bioeconomía, ya que nos permitirá una mayor inversión en desarrollo y adopción en genética vegetal. El Acta 1991 es un salto cualitativo sobre el Acta 1978; nos compromete con la inversión, con la I+D y con los principios consagrados en el artículo 17 de la Constitución Nacional", concluyeron. 

"No hay evidencia de que derechos más restrictivos promuevan la innovación"

A cargo del área de Recursos Naturales de Fundar, Juan O"Farrell explicó vía X (ex Twitter) que los derechos de los obtentores (es decir de las entidades que desarrollan y registran nuevas semillas) existen en el mundo desde, al menos, la década de 1930. "La tendencia es al fortalecimiento de esos derechos, con el argumento de que así se fomenta la innovación", dijo.

UPOV es la Unión Internacional para la Protección de Nuevas Variedades de Plantas (UPOV), un organismo con sede en Ginebra creado en 1961. Sus convenciones fueron reformadas en 1972, 1978 y 1991. Argentina está adherida a UPOV 78.

"UPOV 78 protege a los obtentores, pero mantiene el derecho de los agricultores a reutilizar sus semillas ("privilegio del agricultor") y a los semilleros a utilizar las nuevas variedades para investigación y desarrollo ("excepción del fitomejorador")", explicó, agregando que "estos derechos también están protegidos por la Ley de Semillas de 1973". 

O’Farrell también marcó que existen, desde hace al menos dos décadas, intentos de reforma que no llegan a aprobarse, lo que consideró como "un indicador de que no hay consenso (ni en la política ni el sector privado) sobre qué tipo de reforma necesita argentina".

"UPOV 91 amplía y fortalece los derechos de los obtentores, limita considerablemente el ‘privilegio del agricultor’ y la ‘excepción del fitomejorador’. Por el nivel de protección que otorga, muchos análisis la igualan a las condiciones de un sistema de patentes", reveló. 

Por eso, advirtió que "lo que está en juego es la práctica (muy extendida en Argentina) de los productores agrícolas de guardar parte de la cosecha para usar como semilla, lo que es relevante para semillas autógamas como soja y trigo, que no pierden calidad en sucesivas cosechas".

Además, mencionó que "UPOV 91 limita prácticas tradicionales de la agricultura familiar como el intercambio de semillas". "Por lo tanto, afecta la subsistencia de los productores de la agricultura familiar y su capacidad para producir alimentos", agregó.

El especialista resaltó que "las empresas multinacionales de semillas están presionando hace décadas para que cada vez más países adopten UPOV91", pero aseguró que "la adhesión a UPOV78 es suficiente para estar en regla con las disposiciones de la OMC".

"No hay evidencia suficiente que indique que derechos de propiedad más restrictivos (como UPOV 91) promuevan la innovación o mejoren el mercado de semillas, aunque es razonable esperar que incremente la rentabilidad de las empresas de semillas en detrimento de los agricultores", contrastó.

En suma, sostuvo que se trata de "una propuesta que tiene poca evidencia a favor, consensos políticos insuficientes y efectos profundos (y muy difíciles de revertir) sobre los derechos, las formas de producción y la subsistencia de los productores agrícolas".

UPOV 91 limita prácticas tradicionales de la agricultura familiar como el intercambio de semillas. Por lo tanto, afecta la subsistencia de los productores de la agricultura familiar y su capacidad para producir alimentos. 

Desafíos y propuestas 

Planteado el contexto, O’Farrell menciono tres desafíos y propuestas:

1. Hoy, el sector semillero se ve afectado negativamente por el mercado ilegal de semillas, la "bolsa blanca". Se estima que el mercado certificado/legal en soja es solo de 36% y el de trigo de 44%, mientras que en Brasil llegan a 75% y 85% respectivamente.

"Este mercado se genera porque muchos productores guardan semilla y después la comercializan, algo que no está permitido por UPOV78 ni por la ley de semillas", explicó. "Lo que hay que hacer, entonces, es aplicar mejor la ley existente y fortalecer la fiscalización", resaltó.

2. El sector semillero es estratégico para Argentina, no solo para la productividad agrícola, sino además porque es una actividad más intensiva en conocimiento y tracciona otras actividades dinámicas, especialmente biotecnología e inteligencia artificial.

"Es clave asegurar que las empresas y el INTA cuenten con financiamiento para hacer I+D. Por eso, en lugar de limitar el uso propio como propone UPOV91, es necesario pensar en un esquema para que los productores medianos y grandes paguen por el uso propio", subrayó. Y agregó: "El derecho al uso propio fue establecido para proteger a los pequeños productores, pero hoy es capitalizado por grandes productores, que representan la mayor parte de la producción".

3. Tal vez la razón más importante para reformar la ley de semillas es que existe una superposición entre la ley de semillas (que protege la semilla) y la ley de patentes (que habilita el patentamiento de modificaciones genéticas). 

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