Resistencia23°Min. 20° • Max. 31°
LA CONSTITUCIÓN FIJA QUE QUIENES LLEGUEN A ESA EDAD DEBEN JUBILARSE O CONCURSAR DE NUEVO

Un fallo favorece a jueza de 70 años que quiere continuar ejerciendo su cargo

Se trata de Mercedes Riera. El consejo de la magistratura había abierto un concurso por su cargo, pero ella sostiene que ese no es el procedimiento que corresponde.

Una sala de la Cámara Contencioso Administrativa del Chaco falló a favor de una jueza que llegó a los 70 años de edad y se niega a participar en un concurso abierto de antecedentes y oposición para permanecer en su cargo en vez de jubilarse. La Constitución Provincial establece esas opciones para los magistrados que superen la barrera de los 70, pero Mercedes Riera, la protagonista del caso, sostiene que la cláusula no fue correctamente interpretada por el Consejo de la Magistratura.

jueza.jpg
Imagen de diciembre de 2009, cuando la jueza Mercedes Riera asumió la presidencia de la Cámara de Apelaciones en lo Correccional y Criminal.

La resolución seguramente generará polémica, porque para sectores del gobierno y del propio Poder Judicial hay magistrados que se niegan a asumir que sus ciclos están cumplidos y se aferran a sus sillones, en lugar de permitir una renovación generacional de los tribunales o de revalidar títulos como para mantenerse activos.

EL CONFLICTO

Riera, jueza camarista, cumplió 70 años y el Superior Tribunal de Justicia notificó de esa circunstancia al Consejo de la Magistratura. Lo hizo por el artículo de la Constitución que establece que los magistrados, cuando lleguen a la edad de 70 años, deben acceder a un nuevo nombramiento para mantenerse en sus cargos.

Esa cláusula constitucional fue además reglamentada por una norma sancionada por la Legislatura.

En función de ello, el Consejo de la Magistratura dispuso la apertura de un concurso de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de Riera, al que la misma jueza podía presentarse para revalidar sus títulos y, en caso de ganar el concurso, acceder al "nuevo nombramiento" previsto por la Constitución.

La jueza primero accionó contra esa medida en el Juzgado Civil 6, de Resistencia, donde no obtuvo un resultado positivo. Al cabo de un tiempo instaló su recurso en otro tribunal, y es al que ahora la Cámara Contencioso Administrativa hizo lugar.

LOS ARGUMENTOS

En su planteo, Riera dice que si bien la Constitución ordena un nuevo nombramiento, el mismo no debe definirse en un concurso abierto como si ella fuera a ocupar el cargo por primera vez, sino mediante una evaluación a cargo del Superior Tribunal de Justicia. En ese sentido, considera que llevar años en la magistratura hace que no corresponda tener que competir con otros aspirantes a su rol. Y, para cimentar ese criterio, tacha de inconstitucional la ley reglamentaria sancionada oportunamente por la Cámara de Diputados.

Al responder a la demanda, el Consejo de la Magistratura comienza por objetar que Riera haya recurrido a un segundo tribunal luego de que en otro, con anterioridad, su acción no prosperara. Es decir, su caso era cosa juzgada. La Cámara Contencioso no hizo lugar a esa impugnación.

En cuanto al fondo del asunto, el Consejo de la Magistratura expuso que si la Constitución habla de la necesidad de "un nuevo nombramiento" para los magistrados mayores de 70 años, ello claramente indica que no puede tomarse al primer nombramiento (el que llevó a Riera a su cargo) como una especie de validación que la habilita a pedir un procedimiento diferencial. Pero Cámara hizo lugar al amparo de Riera y declaró inaplicable la ley votada por la Legislatura.

Más de Jueza Mercedes Riera+ Ver todas
Te puede interesar