Revés para el Municipio: la Justicia mantiene el freno al cobro de abasto a Milkaut
La Cámara Federal de Apelaciones rechazó el recurso de la comuna y confirmó la cautelar dictada por el juez Ricardo Alcides Mianovich. La suspensión del cobro a la empresa seguirá vigente hasta que se resuelva el planteo de fondo sobre la constitucionalidad del tributo.

La Municipalidad de Resistencia deberá continuar absteniéndose de cobrar a Milkaut los derechos de abasto cuestionados por el ingreso de sus productos a la ciudad. Así lo resolvió la Cámara Federal de Apelaciones, que rechazó el recurso presentado por la comuna y ratificó la medida cautelar que había dispuesto el juez Ricardo Alcides Mianovich.
La decisión mantiene la protección provisoria obtenida por la firma láctea, aunque no implica una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de las disposiciones municipales que originaron el conflicto.
El origen de la disputa
El proceso comenzó cuando Milkaut S.A. promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Municipalidad de Resistencia. La empresa objetó el cobro de tasas previstas en la Ordenanza Tarifaria y en la normativa tributaria local por el ingreso de leche y sus derivados al ejido urbano.
En ese contexto, solicitó una medida cautelar para suspender la percepción del tributo mientras se tramitaba la causa. Mianovich hizo lugar al pedido y ordenó al Municipio abstenerse de efectuar esos cobros a la firma hasta que se resolviera la controversia.
La asesoría legal municipal apeló esa decisión, pero sus argumentos no lograron modificar el criterio judicial. Al revisar el caso, la Cámara consideró que el planteo de la comuna carecía de sustento jurídico suficiente para revocar la resolución de primera instancia.
Los fundamentos de la Cámara
Entre los aspectos analizados, los magistrados señalaron que determinadas exigencias de registros o pagos locales podrían duplicar funciones ya delegadas a organismos nacionales como el SENASA y la ANMAT, encargados de la regulación sanitaria de los alimentos.
El tribunal también sostuvo que las medidas que obstaculicen la circulación de mercaderías entre distintas jurisdicciones pueden afectar principios establecidos por la Constitución Nacional. Sobre esos fundamentos, rechazó la apelación municipal y confirmó la continuidad de la cautelar.
De esta manera, el cobro de los derechos de abasto cuestionados seguirá suspendido para Milkaut. La discusión de fondo permanece abierta: será una sentencia definitiva la que determine la validez constitucional de las disposiciones impugnadas por la empresa.










