
Se prorroga la vigencia de los plazos para residencias transitorias, temporarias y precarias
La Dirección Nacional de Migraciones informa que de acuerdo a las disposiciones publicadas en el Boletín Oficial del día 18 de marzo se dispone en el Artículo N° 1, la prórroga de manera temporaria de residencias otorgadas en los Art. 23 ( residencias temporarias) y Art.24 (residencias transitorias) por el termino de 30 días a partir de su vencimiento.







