La Justicia ordenó la aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad
El fallo también suspendió el artículo de la ley que obligaba al Congreso a decir de dónde sacaba los fondos.
El Juzgado Federal de Campana hizo lugar a un amparo colectivo y ordenó la puesta en marcha de la nueva Ley de Emergencia en Discapacidad. Además, el fallo también suspendió el artículo de la ley que obligaba al Congreso a decir de dónde sacaba los fondos para la implementación.

El Congreso había aprobado la ley 27793 en julio de este año, estableciendo la emergencia en el sector hasta finales de 2027. El Ejecutivo la vetó por cuestiones de equilibrio fiscal, pero los legisladores insistieron en su sanción, obligando a su promulgación sin restricciones. No obstante, el gobierno emitió el decreto 681/2025, condicionando su entrada en vigencia a que el Congreso detalle las fuentes de financiamiento y las incluyera en el presupuesto.
La causa se originó con la demanda presentada por unos padres, en representación de sus hijos menores que poseen el Certificado Único de Discapacidad. Los demandantes plantearon que la paralización de la ley, impuesta por el decreto presidencial dejaba sin protección a miles de individuos, impidiendo el acceso a tratamientos continuos, servicios de calidad y derechos básicos como la salud, la educación y la integración social.
El Congreso había aprobado la ley 27793 en julio de 2025, estableciendo la emergencia en el sector hasta finales de 2027. El Ejecutivo la vetó por cuestiones de equilibrio fiscal, pero los legisladores insistieron en su sanción, obligando a su promulgación sin restricciones.
No obstante, el gobierno emitió el decreto 681/2025, condicionando su entrada en vigencia a que el Congreso detalle las fuentes de financiamiento y las incluyera en el presupuesto. Para el juez Adrián González Charvay la disposición del artículo 2 del decreto 681/2025 es inválida en todos sus aspectos, ya que choca de frente con el mandato de promulgación del artículo 83 de la Constitución Nacional.
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