Ficha limpia o ficha sucia
Señor director de NORTE:
Años y años de idas y vueltas sin lograr el consenso para aprobar una ley de "Ficha Limpia" como se bautizó a una norma que sería innecesaria en una sociedad normal en su funcionamiento cotidiano, liberal en su comportamiento económico-productivo, democrática en su comportamiento social, respetuosa de las condiciones republicanas que libremente eligió, pero exigente de lógicos estándares a satisfacer para cualquier representante político (desde concejos vecinales, concejales, diputados, senadores, gobernadores u otras funciones de representación que la Legislatura o el Ejecutivo lo designe) o funcionarios del Estado (desde el presidente, los embajadores, ministros, secretarios, subsecretarios, directores generales, representantes del ejecutivo en empresas o entidades de cualquier naturaleza en la república o en el exterior o en organismos internacionales).
Esta exigencia de raigambre de respeto a los ciudadanos, parte de considerar a los partidos políticos como el núcleo político-ideológico que periódicamente oferta sus representantes para que conduzcan la República. Lo hacen con una plataforma, que es su oferta de acción y gestión, a la que adherimos con nuestro voto, consumando así nuestro convenio mutuo, un contrato: "Te voté y vos cumplís"
Ese voto emitido partió de la previsibilidad que otorga el conocimiento de la doctrina y bases programáticas publicadas por el conjunto de candidatos ofrecidos y que elegimos y esperamos se cumplan. Esperamos que se cumplan porque seguramente los Partido proponen sus mejores hombres o mujeres para representarlos, esperamos que meritocráticamente hayan propuesto a los mejores, para una banca que es del Partido, que otorga una responsabilidad de representación no personal sino partidaria y programática. La banca no es una propiedad, es una responsabilidad, un compromiso de acción y gestión política en función del compromiso del partido con la ciudadanía, que un ciudadano ha asumido en nombre de ése partido, a quien la banca pertenece, no es personal, es partidaria, no es transferible a otra representación partidaria o personal, sería en cualquier caso una grave traición al voto y confianza ciudadana. También esta alta vara, en busca de cumplimiento de eficiencia y calidad, interroga a cada funcionario que convocó al voto popular y le otorga una oportuna e ineludible obligación de trabajar en función del compromiso cívico asumido, poniendo todos su compromiso ético, sus esfuerzos, dedicación, saberes y experticia en defensa de los intereses políticos que representa y asume,
Ahora bien, la exigencia de capacidad, conocimiento, experticia, saberes y experiencia en las cuestiones a gestiona que exhiben en sus plataformas y los ciudadanos aceptaron y esperan que se cumplan, también debemos medir su comportamiento social, este"certificado de antecedentes"nos remite fatalmente al comportamiento de los candidatos y candidatas a ocupar cargos públicos o representativos,
Puede una persona condenada por latrocinio, agresiones armadas, violación, estafas, corrupción, narcotráfico, tráfico de drogas o sustancias ilícitas, tráfico de personas, contrabando, juego y apuestas clandestinas, lavado de dinero, evasión y elusión impositiva, explotación sexual, muerte , etc. o aún condenas menores y reiterancia, en fin, todos los delitos comunes además de los emergentes de la corrupción, flagelo enraizado en la sociedad argentina que ha penetrado los poderes del Estado corrompiendo las bases funciónales de la república, ocupar un cargo de funcionario público de o congresista de cualquier cámara? ¡Evidentemente no!
En el"Proyecto Superador"presentado por el Ejecutivo solo se castiga al candidato o candidata condenado por delito de corrupción o sus variantes, no se mencionan los otros delitos, es decir que desde ahora, nuestros diputados y diputadas podrán compartir sus bancas, sesiones, trabajo en comisión con violadores, asesinos, estafadores, narcotraficantes y cuanto oscuro delincuente ya goce o no de libertad condicional.
Habría que ser precisos y claros, incorporar todos los delitos, porque ellos miden el valor de la convivencia, el respeto por el otro, la posibilidad de convivencia armónica con el vecino, etc. es decir nos da la condición humana lastimada por el delito que no lo hace merecedor de distinciones honorables, aunque hayan cumplido su condena. Vuelvo a repetir, para que no haya"indultos previos"escondidos: Ficha Limpia debe incluir todos los delitos y se aplica desde el momento de dictarse la sentencia de la segunda instancia, sea la fecha que fuere, dentro o no de un período eleccionario.
Conviene aclarar que si la sentencia es invalidante para un candidato o precandidato, es excluyente para un funcionario o representante en funciones.
Los tribunales de segunda instancia de todos los fueros deben en consecuencia comunicar sus sentencias al Registro del Poder Legislativo y del Ejecutivo sus sentencias.
Debemos suponer holgadamente un buen ejemplo preventivo y educativo dentro de nuestros partidos políticos, a saber: 1) los flojos de papeles tienen dos caminos posibles apurarse y esconder sus antecedente esperando que lo elijan seguramente antes de la sentencia de segunda instancia, y que el "tieeeeempo" de la justicia lo salve, pero con el riesgo de ser echado como un sarnoso por mentir a los propios y ajenos, o apartarse de la contienda para no comprometer al partido, este es el preventivo; 2) el partido comenzará a averiguar los antecedentes de sus pre-candidatos evaluando la posibilidad de ir subiendo la vara de elección interna, buscando a los mejores y no a arribistas, apadrinados, acomodaticios, ambiciosos sin capacidades, militantes de última hora, como algunos representantes en nuestra historia partidaria que no sirvieron para nada, ni a la gente, ni al partido y solo fueron becarios de lujo de la política, amparados por el partido que ni siquiera honraron con su trabajo.
LUIS GALLI
RESISTENCIA
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