Continúan las puestas en común de legisladores y damnificados por los autoplanes
Los representantes chaqueños son los grandes impulsores de la movida. Un diputado cordobés expuso su propuesta y se recibieron aportes de distintas provincias.
Se realizó el pasado lunes 23 una reunión virtual entre legisladores nacionales de distintas provincias y damnificados por los aumentos excesivos en las cuotas de planes de ahorro para acceder al auto cero kilómetro. La actividad contó con la participación de autoconvocados y diputados chaqueños.
Además del Chaco, hubo legisladores de Córdoba y Entre Ríos; y referentes de damnificados por autoplanes de Córdoba, Corrientes, Chaco, Misiones, Entre Ríos, Santa Fe, San Luis y Tucumán.
Celia Rivero, referente chaqueña, aseguró a NORTE que "cada daminificado expresó su parecer y aportó su granito de arena para el proyecto. La idea es que con su experiencia, se añadan apreciaciones al proyecto para unificar criterios e impulsar la iniciativa".
La intención es la presentación de un proyecto de ley nacional que beneficie a los suscriptores de autoplanes, quienes actualmente se encuentran mes a mes con incrementos en las cuotas de sus vehículos.

"Esta situación la viven millones de personas en todo el país. Sin ir más lejos, en Miraflores un hombre está pagando $110.000 de cuota por una camioneta Amarok, una locura. Esperamos que esta ley, una vez aprobada, pueda significar un legado para nuestros hijos y nietos, y no deban sufrir lo que nosotros hoy sufrimos", aseguró Rivero.
Proyecto cordobés
En el encuentro virtual, el diputado nacional por Córdoba, Marcos Carasso, presentó una propuesta sobre la cual luego se enriqueció con diferentes aportes de los participantes. Su proyecto se denomina: "Ley de protección al consumidor en operaciones de consumo de vehículos bajo sistemas de capitalización y/o ahorro, denominadas autoahorro".
El espíritu de la propuesta (aún no fue presentada al Congreso de la Nación) es ordenar las operaciones incorporando la legislación del derecho de consumo (ley nacional 24.240 y modificatoria), hasta ahora ausente en este tipo de transacciones.

"La ley crea un sistema digital de información sobre sistemas de capitalización y ahorro, que busca aportar a la modernización del Estado y cubrir los vacíos de información que existen hoy y sobre estas operaciones de consumo. Este sistema tendrá información sobre las sociedades que actúan como proveedoras de bienes o servicios en estas operaciones; y sobre los modelos de contrato que ofrezcan estas sociedades y se firmen como el resultado del desarrollo de las operaciones", reza la iniciativa.
Por otra parte, las autoridades de aplicación del sistema digital de información serán la Inspección General de Justicia (IGJ), institución que deberá velar por el correcto funcionamiento de las sociedades proveedoras, controlando aspectos formales y de funcionamiento a los fines de habilitarlas o suspenderlas de su actividad; y la Dirección Nacional de Defensa al Consumidor, quien deberá velar por el cumplimiento de lo establecido en cuanto a trato digno, información al consumidor, protección al consumidor, publicidad, términos abusivos y cláusulas ineficaces.
Régimen especial
La iniciativa también contempla facultar al Poder Ejecutivo para establecer un régimen especial promocional para operaciones de autoahorro destinadas a la adquisición del primer vehículo familiar; o para la compra de vehículos por parte de micropymes, cooperativas de trabajo o asociaciones sin fines de lucro, destinados al desarrollo de su actividad principal.
Los objetivos principales de este proyecto son tres: generar un padrón de sociedades proveedoras, identificando si alguna posee sanciones por parte del IGJ; exhibir un detalle de las cláusulas que firman los consumidores y mantener actualizado el formato del contrato; y generar un repositorio digital de todos los contratos que ofrecen las empresas proveedoras de bienes y servicios.
De facultades a obligaciones
En este sentido, también se prevén modificaciones al rol del IGJ en cuestiones que hoy son facultades, pasen a ser obligaciones.
Las obligaciones pasarán a ser: otorgar autorización para funcionar a las sociedades, controlarlas y fiscalizarlas; aprobar o rechazar planes y bases técnicas para la colocación de fondos; y generar sistemas de información, revisar contratos, y fijar sanciones.
También se busca que el IGJ coordine con otros organismos el asesoramiento a consumidores en estas operaciones.

El nuevo modelo de contrato
Ahora bien, también se propone un nuevo modelo de contrato por parte de la IGJ. En él se espera que se establezca un índice único de ajuste de cuotas; regular la contratación de seguros; y que se especifique cómo proceder ante la modificación del bien objeto del contrato.
Además, deberá especificar las regulaciones sobre la recisión de las operaciones; determinación de la forma de cálculo de gastos administrativos y otros conceptos que surjan por la labor de la sociedad (empresa); determinación de los gastos asociados a la adjudicación del bien; y procedimiento ante situaciones de emergencia.
Por otra parte, también se estipula la revisión de operaciones, congelamiento de cuotas y actualización de normativa.
En cuanto a la revisión de operaciones, deberán hacerse a instancias del consumidor a partir de la publicación de la ley, donde se evidencien inequidades y el cumplimiento se haya tornado excesivamente oneroso. Esto estará a cargo del IGJ.
En cuando a cuotas, intereses y secuestro: se suspenderá el aumento de cuotas o prestaciones similares; y se suspenderá el cobro de intereses por mora; se suspenderá el secuestro de vehículos. Esto sucederá hasta que el IGJ redacte el nuevo modelo de contrato y establezca el índice de actualización.
Finalmente, se espera una actualización del decreto 142.277/43. El Poder Ejecutivo deberá presentar al Congreso un proyecto de ley que reemplace ese instrumento legal sobre el que se basan las atribuciones del IGJ para controlar a las sociedades proveedoras. Se otorga un plazo de 90 días desde la publicación de la ley.
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