Fiscal de Cámara ordenó archivar causa contra el juez Mario Ghidini
Al igual que su colega Gisela Oñuk, la representante del Ministerio Público Fiscal Silvana Rinaldis dispuso el archivo de la denuncia por violencia de género.
La denuncia por violencia de género radicada por la docente Mariana Viviana Ponce, de 47 años, contra su expareja y juez de Faltas de Villa Ángela, Mario Ghidini, pasó al archivo.
Así lo dispuso la fiscal de Cámara Rinaldis, quien en coincidencia con la fiscal de investigaciones Oñuk resolvió que el hecho denunciado en octubre de 2021 por Ponce no se pudo acreditar que la denunciante fue víctima de violencia de género.
De esta manera, Rinaldis declaró "abstracto el planteo de nulidad" interpuesto por la jueza de Garantías subrogante Natalia Vigistain, instancia hasta donde acudió la querella, a través de la abogada de la secretaría de Derechos Humanos, Alma González.

La magistrada Vigistain había fundamentado cuando sugirió reabrir la investigación: ‘No es menos cierto que todos los médicos que examinan a la denunciante de autos observan en el cuerpo de la misma lesiones, las que si bien puede que no sean exactas a las que mencionara la denunciante al momento de radicar la denuncia, no es posible dejar de considerar que se encuentran corroboradas con las constancias médicas de todos los profesionales que la examinan, a lo que se debe sumar las manifestaciones del empleado policial Maciel, quien observa en el rostro de la señora Ponce sangre y lesiones‘.
PARTE DEL DICTAMEN DE RINALDIS
La fiscal de Cámara en su dictamen sostiene que el hijo de la víctima declaró que "Ghidini le pegó a su madre. Que vio cuando Mario le daba golpes de puños. Confrontando este relato con el resto del material probatorio, es de ver que si tales golpes existieron no tuvieron entidad suficiente para dejar algún rastro o lesión, ya que no fueron constatados por los médicos intervinientes y tal como se dijera, los delitos de lesiones son delitos de resultado, es decir, su efecto es separado espaciotemporalmente de la conducta y la producción de ese resultado constituye la consumación formal del tipo penal".
"Es notorio, que el Equipo Fiscal 1 y con una perspectiva de género fue mucho más allá y no se conformó con un solo informe médico. En autos intervinieron cuatro profesionales de la medicina y ninguno de ellos verificó golpes de puños en el rostro de la señora Ponce", respondió Rinaldis al respecto.
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