Estaba con domiciliaria pero ahora deberá volver a prisión
La medida no estaba estrictamente otorgada en el marco de la emergencia, sino que obedeció a cuestiones relacionadas con lo procesal.
SÁENZ PEÑA (Agencia) - En momentos en que la lupa se posa sobre la Justicia ante los recurrentes pedidos de domiciliaria en el marco de la pandemia de Covid-19, un recluso condenado por homicidio que tenía prisión domiciliaria -al ser considerado paciente de riesgo por padecer tuberculosis- deberá volver al Complejo Penitenciario II de esta ciudad, tras ser ordenada su detención por el juez de Ejecución Penal Daniel Freytes.

Desde la misma Cámara que lo había condenado y otorgado la prisión domiciliaria se indicó que ‘no había sido un caso estrictamente relacionado con una medida otorgada en el marco de la emergencia, sino que obedeció a cuestiones relacionadas con lo procesal, ya que su sentencia no se encontraba firme, restaba establecer el cómputo de la pena. En ese contexto, ante la imposibilidad de saber a ciencia cierta cuándo podría cumplirse ese paso, el último, tras la ratificación de la sentencia en primera instancia, y ponerlo a disposición del Juzgado de Ejecución, se le otorgó la domiciliaria‘. Pero la decisión de las partes que intervinieron en el proceso, que renunciaron a la revisión del cómputo, ‘dejó firme la sentencia, lo que revocó el beneficio y el individuo fue puesto a disposición del juzgado mencionado que decidió ordenar su detención nuevamente‘, aseguraron desde la Cámara.
EL CASO
Sobre el tema existen distintas versiones, una surgida del informe brindado por la policía que refería a que por orden del juez de Ejecución, Daniel Freytes, esta persona, que estaba beneficiada con prisión domiciliaria, debía retornar a prisión ‘por temor a represalias de familiares de la víctima, que enteradas de esta situación se dirigían a su domicilio‘.
Sin embargo, desde la Cámara primera en lo Criminal indicaron que la situación obedecía a que al quedar firme la sentencia y ‘darse la renuncia de la fiscalía y no contar con restaba para completar el proceso en su contra, al quedar firme esta cuestión el detenido pasó a disposición del Juzgado de Ejecución Penal‘. El detenido había sido beneficiado por la Cámara hace poco más de dos semanas al ser considerado un paciente de riesgo, ya que ‘padece tuberculosis y no solo constituye un riesgo para sí mismo sino para el resto de la población carcelaria que compartía espacio con él, por tratarse de una enfermedad altamente contagiosa‘, se indicó.
LA CONSTATACIÓN
En ese contexto advirtieron que para tomar la decisión se tomaron en cuenta ‘informes del servicio médico forense del Poder Judicial y del Servicio Penitenciario Provincial, que constataron tanto la patología como los riesgos que implicaba el interno‘. Además se dejó en claro que ‘este es un trámite, el de la domiciliaria, que se comenzó a tramitar antes de la pandemia, y que posteriormente se cumplimentó hace un par de semanas‘, al no contar con certeza de ‘cuándo se iba a poder resolver la situación vinculada al cómputo de la pena por la pandemia y al estar suspendidos los términos en el ámbito judicial‘.
EL HECHO POR EL QUE FUE CONDENADO
G. A. había sido condenado por la Cámara Primera en los Criminal a la pena de 10 años de prisión por un homicidio ocurrido en el barrio Ginés Benítez. Durante el proceso trató de demostrar que actuó en defensa propia y que ese día había sido atacado por su victimario, sobre quien dijo lo tenía cansado por reiterados robos contra su propiedad.
Tras la condena, su defensa recurrió el fallo del juez Rodolfo Lineras y, tras permanecer más de un año, el veredicto de la Sala Penal y Correccional del Superior Tribunal de justicia convalidó el fallo de primera instancia y la sentencia quedó firme.
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