Juicio por jurados en el Chaco: 438 serán los primeros convocados
Quienes tengan terminación de DNI con 749 y 934 integrarán la lista de donde se conformarán los primeros jurados populares.
Luego de las presentaciones de lo que representará la implementación del instituto de juicio por jurados, se efectuó el sorteo de aquellos que serán convocados para los primeros juicios populares. Debían reunirse 438 individuos y se tomaba el padrón electoral.
El mecanismo consistió en conformar un número de tres dígitos y filtrar a todos aquellos que tengan terminación de DNI en esa cifra.

El primer número que se formó fue el 749, para lo cual en el padrón chaqueño existen 142 mujeres y 150 hombres. Luego fue el turno del 934, para lo que se reunieron 77 hombres y 69 mujeres.
El jurado estará compuesto por 12 legos (6 hombres y 6 mujeres) y para cada juicio se elegirán 36 jurados, que luego podrán excusarse de participar o podrán ser excusados por los abogados de parte.
QUIÉNES PUEDEN SER JURADOS
Puede ser convocado cualquier argentino, con cinco años de ejercicio de la ciudadanía en el caso de los naturalizados, y tener entre 25 y 65 años. Debe tener estudios primarios completos y entender plenamente el idioma nacional.
Contar con el pleno ejercicio de los derechos políticos. Tener domicilio conocido y tener una residencia inmediata no inferior a cuatro años en la provincia.
Quedan excluidas las personas que tengan responsabilidades públicas de relevancia (por ejemplo, gobernadores, intendentes, funcionarios políticos o del Poder Judicial), abogados, escribanos, profesores universitarios de disciplinas jurídicas o de medicina legal, integrantes de las fuerzas armadas y de seguridad en actividad, ministros de un culto reconocido.
También, quedan eximidos los que no tengan aptitud física o psíquica suficiente o presenten una disminución sensorial que les impida ejercer la función. También quedan inhabilitados las personas fallidas no rehabilitadas, imputadas en causas penales elevadas a juicio, condenadas y las incluidas en el registro de alimentos morosos.
Un ciudadano que ha sido sorteado para integrar el listado de jurados no necesariamente llegará a desempeñarse como tal, antes esa persona sería un jurado potencial o candidato (pre-seleccionado).
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