Educación pide la regularización de sindicatos docentes para negociar
Alertó que hay entidades gremiales sin personería que realizan solicitudes, requerimientos e intimaciones de trabajadores agremiados

El Ministerio de Educación de la provincia del Chaco advirtió que las entidades que nuclean al personal docente y no docente de la provincia ‘se encuentran en su mayoría en condición irregular por no poseer personería o inscripción gremial según datos obtenidos del Ministerio de Trabajo de la Nación‘.
Alertó además que ‘esto dificulta la negociación colectiva con los trabajadores y por ello se solicita su regularización‘.
Explicó la cartera educativa que ‘según averiguaciones realizadas ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación -que tramitan en el expediente 1-204- 78190 del 2018- se ha constatado que sólo siete entidades del rubro tendrían otorgada la personería o inscripción gremial según el caso, mientras que el Ministerio de Educación de la Provincia recibe solicitudes, requerimientos e intimaciones de agentes agremiados que dan cuenta de la existencia de unos veinte sindicatos aproximadamente‘.
Además, se informó que ‘de esos siete sindicatos con personería gremial o inscripción gremial algunos registran las comisiones directivas vencidas y actúan de acuerdo con estatutos no aprobados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
Por su parte, la Dirección Provincial del Trabajo informó ‘la registración de sólo seis entidades de las cuales solo dos, coinciden con las informadas por el organismo nacional‘.
Expuso que ‘ante esa contradicción, el pasado 26 de septiembre, desde el Ministerio de Educación se ha recibido en diálogo a quienes dicen representar al colectivo docente solicitando, sin éxito que acreditaran la representación y vigencia del mandato invocado. Esto dificulta la posibilidad de negociar colectivamente ante los reclamos laborales y poder dar respuesta al sector‘.

Por ello solicitó ‘la intervención de los organismos competentes y la voluntad de los trabajadores, a los fines de ordenar a las asociaciones sindicales que actúen en el ámbito provincial y nucleen al personal docente y no docente de la educación pública; y actualicen la nómina de autoridades y estatutos ante el órgano de aplicación de la Ley N° 23.551 de asociaciones sindicales. De esta manera, la respuesta al presente requerimiento, facilitará el camino del diálogo constructivo con todos los sindicatos docentes legitimados por ley‘.
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