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Prohíben difundir datos que identifiquen a adolescentes en una causa por grooming y abuso   

Por decisión de un equipo de fiscales, desde la Justicia chaqueña recuerda la importancia de preservar los datos de menores de edad.

El Equipo Fiscal Nº 13 de Resistencia dispuso este viernes una prohibición expresa para difundir cualquier dato que permita identificar a tres adolescentes víctimas en una causa que investiga presuntos delitos de grooming y abuso sexual simple.

La medida fue adoptada a pedido de la Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes Nº 4, tras detectarse la divulgación indebida de información vinculada a una de las jóvenes involucradas.

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La resolución fue firmada por el fiscal de Investigación Víctor Osvaldo Recio y surge luego de que una de las víctimas advirtiera que, durante una entrevista periodística difundida el 4 de junio, se mencionó su nombre, situación que le generó inquietud y malestar. Según consta en el expediente, este hecho evidenció la necesidad de reforzar las medidas de protección para evitar nuevas situaciones de exposición.

En los fundamentos de la decisión, la Fiscalía destacó que las adolescentes se encuentran amparadas por un régimen especial de protección previsto tanto en la legislación nacional como en los tratados internacionales de derechos humanos. Asimismo, remarcó que se investigan hechos de extrema gravedad que afectan la integridad sexual de personas menores de edad, por lo que resulta prioritario resguardar su intimidad, identidad, imagen y dignidad.

La resolución advierte que la difusión de nombres, imágenes, datos personales o cualquier información que permita identificar directa o indirectamente a las víctimas puede provocar consecuencias negativas en su salud psicológica, su desarrollo integral y su proceso de recuperación.

También señala que el contexto comunitario en el que ocurrieron los hechos incrementa el riesgo de revictimización y estigmatización social.

Por ello, la Fiscalía ordenó la prohibición de publicar nombres completos, fotografías, videos, datos filiatorios, domicilios, establecimientos educativos o cualquier otro elemento que posibilite la identificación de las adolescentes. La restricción alcanza a medios gráficos, radiales, televisivos, redes sociales, plataformas digitales y cualquier otro soporte de difusión.

Además, se estableció que toda referencia pública a la causa deberá realizarse únicamente mediante las iniciales de las víctimas, omitiendo cualquier dato que permita individualizarlas. La medida alcanza a las partes del proceso, funcionarios judiciales y policiales, peritos, testigos, medios de comunicación y al público en general. Desde el Ministerio Público Fiscal recordaron que el incumplimiento de esta disposición puede generar responsabilidades civiles y penales, en el marco de la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

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