En ejercicio de la defensa del honor profesional
Señor director de NORTE:
Me dirijo a usted con el propósito de ejercer mi legítimo derecho de réplica frente a la desaprensiva e infundada carta de lectores publicada recientemente en su medio, firmada por un excliente de mi estudio jurídico.
Ante la publicación efectuada por Insaurralde, en NORTE edición papel y NORTE Digital, corresponde ejercer el legítimo derecho de réplica frente a manifestaciones falsas, agraviantes y claramente direccionadas a desacreditar mi actuación profesional, en un conflicto que actualmente posee tratamiento judicial.
Asistimos hoy, lamentablemente, a un fenómeno la ligereza con la que se intenta mancillar el honor profesional en el tribunal de la opinión pública, cuando los resultados de la Justicia no se alinean con las mezquinas expectativas de quien pretende eludir sus obligaciones.
Resulta llamativo que quien hoy intenta presentarse públicamente como víctima omita deliberadamente circunstancias esenciales del caso; entre ellas, que la sentencia dictada en sede civil regulando honorarios profesionales fue ratificada por la cámara civil competente, quedando así plenamente confirmada la legitimidad y procedencia de los honorarios reclamados.
Sorprende sobremanera —o quizás ya no tanto— que quien hoy se cobija bajo una pretendida e inocente "buena fe", argumentando una inverosímil ignorancia sobre los actos que libremente consentía, sea el mismo ciudadano que durante décadas ha capitaneado con indiscutible destreza comercial un taller de electricidad automotor en pleno centro de nuestra ciudad.
Pretender que un avezado comerciante, con años de experiencia en el tráfico civil y contractual, firmaba escritos judiciales "en blanco" o "sin saber lo que firmaba" no solo desafía las leyes de la lógica y del sentido común, sino que ofende la inteligencia del lector. Máxime cuando cada presentación judicial llevaba su firma de puño y letra bajo la modalidad de patrocinio, lo que implica una participación activa, directa y presencial en el proceso, al no habérseme otorgado jamás un poder para actuar en su nombre.
La memoria, tal como se advierte, suele volverse selectiva cuando de honrar compromisos se trata. Se olvidan con asombrosa facilidad las promesas de contraprestación formuladas en la intimidad del estudio, los ofrecimientos de bienes y los encargos para regularizar valiosas propiedades, incluso aquellas situadas en el centro comercial de Encarnación. Resulta imperioso señalar que tales activos, como corresponde a todo ciudadano probote, deberán encontrar su debida correlación en las declaraciones juradas pertinentes ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ante las eventuales derivaciones que correspondan en el ámbito de la Justicia Federal.
Asimismo, constan en los antecedentes de la causa los verdaderos fines de la prescripción adquisitiva encomendada, cuyo destino final siempre estuvo orientado al patrimonio de su hijo, el cual incrementó su patrimonio con mi trabajo profesional con una propiedad que ahora está valuada en más de cien mil dólares.
También omite señalar que durante el trámite de la causa civil obran múltiples constancias de propuestas de pago formuladas por el propio señor Insaurralde, todas ellas por montos ostensiblemente inferiores a los judicialmente regulados. Tales ofrecimientos constituyen un reconocimiento expreso de la deuda y de las actuaciones profesionales realizadas.
Hasta incluso en privado me ofreció una camioneta vieja –conforme obran mensajes en mi teléfono privado–, además de varias propuestas de pago que no alcanzaban a cubrir ni el 50% de los honorarios regulados.
Las regulaciones de honorarios reconocidas judicialmente superan actualmente los sesenta millones de pesos ($60.000.000), entre todos los profesionales intervinientes, incluyendo abogados, peritos y martilleros.
Sin embargo, paradójicamente, el señor Insaurralde ya habría destinado más de la mitad de dicha suma al pago de honorarios en la causa penal impulsada contra distintos profesionales, en un evidente intento de evitar el cumplimiento de obligaciones civiles firmes y reconocidas judicialmente.
La verdadera razón del conflicto no es otra que el evidente descontento del señor Insaurralde con la elevada regulación efectuada por el juez civil, circunstancia que pretende revertir mediante maniobras impropias y presiones externas al expediente.
En ese contexto, ha intentado utilizar una causa penal que ante la inexistencia de delito fue archivada por la Justicia penal de la ciudad de Resistencia. Pretendió usar esta causa penal como herramienta de presión para evitar el pago de honorarios profesionales reconocidos judicialmente.
Y debe aclararse que no se trata únicamente de honorarios correspondientes a este letrado, sino también de otros profesionales intervinientes, entre ellos abogados, peritos y martilleros que participaron legítimamente en el proceso.
Asimismo, corresponde destacar que el único testigo utilizado por el señor Insaurralde resulta ser una persona bajo relación de dependencia directa con él, circunstancia que afecta de manera evidente la objetividad e imparcialidad de dicho testimonio.
No deja de sorprender además que, mientras públicamente intenta victimizarse, en privado se jacte de supuestas influencias derivadas de su apellido y de ser padre de un reconocido futbolista profesional, insinuando contar con vínculos capaces de influir sobre distintos ámbitos del Poder Judicial. Inclusive, ha recurrido a costosos abogados –uno de ellos es el padre de una consejera del Consejo de la Magistratura de la provincial–, intentando instalar sospechas y presiones ajenas al debido proceso judicial.
Todo ello evidencia un intento impropio de trasladar a la esfera mediática un conflicto estrictamente judicial, buscando generar presión sobre magistrados y operadores judiciales luego de haber obtenido resoluciones adversas en todas las instancias correspondientes.
El descrédito hacia los profesionales del derecho parece ser el último refugio de quien, habiéndose beneficiado del celo y la eficacia de una labor técnica, pretende ahora desconocer el valor de los honorarios.
Por fortuna, la vigencia y aplicación de la normativa arancelaria viene a dignificar y reivindicar la labor de todos los profesionales del foro, recordando que el trabajo se presume oneroso y que la dignidad de nuestra función no puede quedar a merced de la ingratitud o el quiebre de la palabra empeñada.
La verdad real resplandece siempre en los expedientes judiciales; los discursos mediáticos, por más rimbombantes que pretendan ser, rara vez resisten el frío y objetivo examen de las constancias de la causa.
Por mi parte, continuaré ejerciendo la defensa de mi honor profesional y de mis derechos exclusivamente por las vías legales correspondientes, con absoluto respeto por las instituciones judiciales y por la verdad de los hechos.
Ante estas circunstancias reservo todas las acciones civiles y penales provocadas a mi buen nombre y honor acudiendo a los pertinentes tribunales competentes, que la oportunidad del caso así lo ameritan.
MARCELO F MORÍNIGO
ABOGADO – MP 2742
RESISTENCIA
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