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Una discusión pendiente en la provincia

El derecho animal interpela al Chaco

Cuando la crueldad deja de ser un hecho aislado, queda al descubierto un problema estructural y una respuesta estatal fragmentada.

Hace unos días, un perro fue asesinado a tiros en un barrio de la capital chaqueña. El episodio, lejos de agotarse en la crónica policial, vuelve a poner en primer plano una discusión pendiente en la provincia: qué nivel real de protección ofrece hoy el derecho a los animales y qué debe cambiar para evitar que estos hechos se repitan.

En las últimas semanas, el caso de Resistencia no fue el único. En Las Breñas, un hombre fue detenido acusado de haber arrastrado a un perro con una camioneta hasta provocarle la muerte.

 Ambos hechos fueron encuadrados en la Ley Nacional 14.346, que reprime el maltrato y los actos de crueldad contra los animales, pero también dejan al descubierto un problema estructural: normas antiguas, sanciones bajas y una respuesta estatal fragmentada.

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Qué dice hoy la ley

El principal instrumento penal en Argentina sigue siendo la Ley 14.346, sancionada en 1954. La norma prevé penas de quince días a un año de prisión para quien infligiere malos tratos o cometiere actos de crueldad contra los animales. 

Fue una ley pionera en su época, pero hoy resulta claramente insuficiente frente a los estándares jurídicos contemporáneos: las penas son excarcelables, la mayoría de las causas terminan en salidas alternativas y el efecto disuasorio es mínimo.

En el ámbito provincial, el Chaco cuenta con disposiciones en su Código de Faltas y con una ley provincial de protección animal, que contempla sanciones administrativas y contravencionales. 

Sin embargo, en la práctica, estas medidas suelen ser de bajo impacto y no logran articularse eficazmente con el sistema penal nacional.

El caso "Sandra"

En 2014, la Cámara Federal de Casación Penal, Sala II, al resolver el caso de la orangutana Sandra –"Orangutana Sandra s/ Recurso de Casación s/ Hábeas Corpus  Expte. 68831/14"–, sostuvo que los animales no humanos pueden ser considerados sujetos de derechos y titulares de intereses jurídicamente protegidos, a partir de una interpretación dinámica del derecho.

El tribunal afirmó que los animales no pueden seguir siendo tratados exclusivamente como cosas u objetos y reconoció que poseen intereses propios que el orden jurídico debe tutelar. Este fallo —plenamente vigente— marcó un punto de inflexión en el derecho argentino y se convirtió en la base jurisprudencial del moderno derecho animal.

Aunque la sentencia no utiliza expresamente la expresión "ser sintiente", su alcance jurídico es incluso más fuerte: reconoce subjetividad jurídica en los animales no humanos, lo que impone deberes positivos de protección por parte del Estado.

Ley Conan: actualizar el sistema penal

En este contexto, cobra especial relevancia el denominado Proyecto de Ley Conan, actualmente presentado en el Congreso Nacional como una iniciativa de reforma integral de la Ley 14.346.

El proyecto propone, entre otros puntos:

-       Aumentar sustancialmente las penas por maltrato y crueldad animal, llevándolas a escalas que permitan condenas de cumplimiento efectivo en los casos más graves.

-       Incorporar agravantes específicas, como la muerte del animal, el uso de armas, el ensañamiento o la reiteración de conductas.

-       Reconocer de manera expresa a los animales como seres sintientes, alineando la legislación penal con los avances científicos y la jurisprudencia nacional.

-       Fortalecer el rol del Estado en la prevención y persecución penal de estos delitos.

La llamada "Ley Conan" surge como respuesta directa a hechos reiterados de crueldad animal y a la constatación de que el régimen vigente resulta insuficiente para prevenirlos y sancionarlos de manera adecuada.

Una agenda mínima inpostergable

Desde una mirada jurídica seria, la agenda debería incluir:

-       la actualización de la legislación penal nacional (en línea con el Proyecto Ley Conan);

·       una ley provincial integral de bienestar animal, con autoridad de aplicación efectiva;

-       registros de infractores y prohibición de tenencia para reincidentes;

-       protocolos obligatorios para fuerzas de seguridad, fiscalías y municipios;

-       y políticas públicas de educación y tenencia responsable.

No se trata de una demanda emotiva ni ideológica, sino de adecuar el derecho a una realidad social y jurisprudencial que ya cambió.

Más que animales, un modelo de sociedad

El caso del perro baleado en Resistencia no interpela sólo a quienes defienden los derechos animales. Interpela al modelo de convivencia, al rol del Estado y a la coherencia del sistema jurídico. Allí donde la crueldad se naturaliza o se minimiza, el derecho se debilita y la violencia se reproduce.

La jurisprudencia ya dio un paso con el caso Sandra. El Congreso debería agilizar la discusión de la Ley Conan. La sociedad chaqueña, a juzgar por la reacción frente a estos hechos, parece estar pidiendo otro paso más.

La pregunta ya no es si el derecho animal debe fortalecerse, sino cuánto más se va a esperar para hacerlo.

*El autor es abogado, profesor derecho constitucional UNNE y UCP.

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