"Antes para acceder a la pensión se tomaban ingresos familiares y ahora serán individuales"
La funcionaria repasó los cambios que se vienen con la Ley de Emergencia, que también trae novedades para los prestadores.
La reglamentación de la Ley de Emergencia en Discapacidad luego de varias idas y venidas generará un horizonte de claridad para este sector de la población que bregaba por certezas.
En diálogo con NORTE, Ana María Mitoire, presidenta del Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Chaco (Iprodich), explicó el alcance de esta normativa.

Según la funcionaria, la principal novedad radica en la creación de la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, un beneficio que reemplaza el viejo paradigma de la "invalidez laboral" por uno centrado exclusivamente en la condición de la persona y su necesidad de amparo estatal.
Uno de los cambios más trascendentales que destacó Mitoire es la flexibilización de los criterios de ingresos para acceder al beneficio. Con el sistema anterior, se analizaba el ingreso de todo el grupo familiar, lo que dejaba fuera a miles de personas si sus familiares tenían un sueldo o bienes a su nombre.

"La diferencia es que ahora se va a analizar lo que cobra la persona con discapacidad. Puede tener un trabajo, pero si su ingreso es menor a dos salarios mínimos vitales y móviles, le corresponde la protección", precisó la titular del Iprodich.
Tranquilidad
Para quienes ya perciben una pensión, Mitoire llevó tranquilidad al asegurar que el traspaso al nuevo sistema será automático y no requerirá de gestiones adicionales. "Cualquier persona que hoy esté cobrando la pensión, la va a seguir cobrando, y si corresponde que se convierta a la nueva modalidad, el cambio no afectará su bolsillo ni su continuidad", afirmó.

Sin embargo, para los nuevos solicitantes se abre un compás de espera de aproximadamente 45 días, tiempo en el cual la Secretaría Nacional de Discapacidad (Andis) y el Consejo Federal de Discapacidad definirán los requisitos específicos. El segundo pilar de la ley atiende la situación de los prestadores.
La normativa contempla medidas de alivio fiscal y un mecanismo de actualización de aranceles atado a la inflación, similar al sistema de movilidad jubilatoria.












