Rechazo a los tratamientos de transición de género para menores
La entidad fijó postura categórica sobre los tratamientos médicos y quirúrgicos destinados a la transición de género en menores de edad.

La declaración, emitida tras el Plenario Académico del 25 de septiembre de 2025, responde a crecientes consultas judiciales vinculadas a procedimientos como castración farmacológica o quirúrgica, bloqueadores hormonales y cirugías de reasignación.
La entidad afirmó que no avala ningún tratamiento médico ni intervención quirúrgica orientada a modificar el sexo en personas menores de 18 años, incluidos bloqueadores de pubertad o terapias hormonales de masculinización o feminización. Fundamentó su posición en criterios éticos y científicos, destacando la obligación de preservar la vida, la integridad y la naturaleza humana.
Según la institución, estos procedimientos pueden generar consecuencias físicas y psicológicas graves, muchas veces irreversibles. En ese sentido, advirtió sobre un "alto porcentaje de posteriores depresiones" entre quienes atraviesan estas terapias. Además, subrayó que varios países que antes promovían estos abordajes —como Finlandia, Suecia, Noruega, Inglaterra, los Países Bajos y estados de EEUU —han restringido o suspendido tales prácticas por considerarlas riesgosas o carentes de sustento científico firme.
La Academia insistió en que la percepción de género no puede reemplazar al sexo biológico y que estas intervenciones pueden derivar en "consecuencias no deseadas" basadas en una "promesa insustancial". Por ello, recomendó un abordaje integral para niños y adolescentes con disforia de género, con acompañamiento familiar y atención especializada en salud mental, evitando intervenciones que alteren el desarrollo puberal.
La declaración concluye rechazando de manera contundente los tratamientos de transición en menores: "No es recomendable ni saludable frenar el desarrollo de un niño en su transición a la adultez".
El posicionamiento se enmarca en el cambio normativo impulsado por el Gobierno nacional en febrero, cuando se modificó el artículo 11 de la Ley de Identidad de Género. La reforma eliminó la posibilidad de que menores accedieran a hormonización o cirugías de afirmación de género, permitidas desde 2012 bajo consentimiento de padres y evaluación interdisciplinaria. Desde este año, solo los mayores de 18 años pueden iniciar tratamientos hormonales o someterse a intervenciones quirúrgicas de cambio de género a nivel nacional.










