Usuarios ya podrán volcar sus excedentes a la red sin pagar
La medida busca fomentar la inyección pequeños volúmenes de energía renovable. Las distribuidoras no podrán imponer cargos adicionales a los usuarios generadores.

El Gobierno nacional modificó el régimen de generación distribuida de energías renovables con el objetivo de facilitar y fomentar que los usuarios puedan volcar a la red eléctrica los excedentes que generen. La nueva normativa, publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución 287/2025 de la Secretaría de Energía, introduce cambios en la categorización de usuarios, simplifica trámites y elimina cargos adicionales por parte de las distribuidoras.
Este nuevo esquema aplica tanto a usuarios individuales como a grupos comunitarios y comunitarios virtuales que generan energía renovable para autoconsumo y desean inyectar el excedente a la red. El cambio más significativo es que las distribuidoras ya no podrán imponer cargos adicionales por estudios técnicos, mantenimiento de red, respaldo eléctrico o impuestos extra asociados a la energía inyectada. También se prohíben objeciones a la inyección de energía dentro de ciertos límites establecidos.
Nuevas categorías de usuarios
La resolución establece tres tipos principales de usuarios-generadores según la configuración de su sistema:
• Usuarios Generadores Individuales: una sola persona o entidad con un equipo de generación para autoconsumo que puede volcar el excedente a la red.
• Usuarios Generadores Comunitarios: un grupo de usuarios con puntos de suministro distintos, que operan de forma conjunta un equipo de generación. Este puede estar vinculado o no a alguno de los puntos, y la distribuidora definirá la factibilidad técnica en caso de no estarlo.
• Usuarios Generadores Comunitarios Virtuales: similares a los comunitarios, pero con medición inteligente en tiempo real que permite monitorear demanda e inyección, balancear energías y valorar de forma separada la energía consumida, generada e inyectada.
Clasificación por potencia
La norma también reorganiza a los usuarios según la potencia de sus sistemas:
• UGpe (pequeños): equipos de hasta 3 kW conectados a baja tensión.
• UGme (medianos): equipos con potencia superior a 3 kW.
• UGma (mayores): entre 300 kW y hasta 12 MW.
Mayor flexibilidad y beneficios
Otra modificación clave es la posibilidad de que los usuarios o comunidades generadoras puedan instalar sistemas de mayor potencia que la contratada para su demanda, siempre que cuenten con la aprobación del ente regulador correspondiente. Esto permite ampliar el volumen de generación y aprovechar economías de escala, especialmente en proyectos comunitarios o comerciales.
En cuanto a la facturación, las distribuidoras deberán reflejar claramente la energía demandada y la inyectada, así como sus respectivos valores. El usuario pagará únicamente la diferencia neta entre lo que consumió de la red y lo que inyectó, incentivando así la generación excedente.
Con esta resolución, el Gobierno busca dinamizar la producción descentralizada de energía limpia, reducir la presión sobre el sistema eléctrico tradicional y facilitar el acceso a tecnologías renovables. Además, se espera que impulse nuevas inversiones en generación distribuida y fortalezca el rol activo de los usuarios en la transición energética.
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