Falta de control sobre perros potencialmente peligrosos en el Chaco
Aunque la ley 6798 regula la tenencia de perros peligrosos, su cumplimiento en los municipios es casi nulo: sanciones que no se aplican, multas impagas y licencias ausentes.
El reciente ataque de un perro de raza Dogo Argentino a un niño de siete años en Puerto Bermejo volvió a encender las alarmas. El menor fue mordido en el brazo y derivado al centro de salud. La familia denunció la inacción judicial ante estas situaciones.

Este episodio no es aislado y se suelen repetir por todas las localidades chaqueñas, siempre teniendo como protagonistas a animales considerados "potencialmente peligrosos" por su fuerza, tamaño y estructura física. En todos los casos, los animales pertenecían a razas incluidas en la ley 6798 de la provincia del Chaco, que regula la tenencia de este tipo de canes.
QUÉ DICE LA LEY CHAQUEÑA
La ley 6798, sancionada en 2011, establece una serie de condiciones obligatorias para quienes deseen tener perros de las razas mastin napolitano, doberman, pitbull, bull terrier, dogo argentino, rottweiler, presa canario, akita inu, gran perro japonés o tosa japonés, dogo de Burdeos, staffodshire, fila brasilero y bull mastiff.
Las principales exigencias incluyen: licencia administrativa para la tenencia, otorgada a mayores de edad con seguro de responsabilidad civil; registro obligatorio del animal con datos del dueño y del perro; bozal y correa no extensible de menos de dos metros para circular en la vía pública; instalaciones seguras para su albergue y prohibición de dejarlos en espacios comunes; y notificación obligatoria en caso de extravío o muerte del animal.
También se imponen sanciones a quienes no cumplan: desde multas hasta el secuestro del animal y la revocación de la licencia. Sin embargo, la aplicación efectiva de esta normativa fue escasa y no todos los municipios cumplieron con la creación del registro obligatorio, previsto en el artículo 14.
En 2016, en el Concejo Municipal de Resistencia se presentó un proyecto de ordenanza para sancionar la tenencia irresponsable de perros potencialmente peligrosos (PPP), a través de multas y cambios en el Código de Faltas Municipal. Sin embargo, hasta el momento no se registraron avances en su implementación ni jurisprudencia.

CONTROLES DÉBILES Y CONCIENCIA AUSENTE
Especialistas veterinarios y entidades protectoras de animales coinciden en que el problema no radica solo en la raza del perro, sino en la falta de educación, socialización y responsabilidad por parte de los tutores.
El psicólogo y especialista en comportamiento animal, Juan Manuel Liquindoli, remarcó que la genética influye poco en la agresividad, y que el contexto de crianza es lo que realmente condiciona la conducta. "Un perro no nace agresivo, se vuelve agresivo según el ambiente en el que crece", afirmó.
La educación desde cachorro, especialmente durante los primeros meses, es clave para prevenir conductas violentas. A su vez, la ley chaqueña contempla también a aquellos perros que, sin ser de una raza peligrosa, hayan mostrado comportamiento agresivo o hayan sido entrenados para el ataque.
DEBATE ABIERTO
Mientras organizaciones proteccionistas alertan contra la estigmatización de ciertas razas, los hechos demuestran que sin una tenencia responsable y sin controles adecuados, el riesgo es real. La provincia del Chaco cuenta con un marco legal de aplicación parcial y la mayoría de las veces ausente.
Asimismo, la prevención no depende sólo de leyes, sino también de su cumplimiento y de una conciencia colectiva sobre el cuidado, el respeto y la seguridad pública.
El reciente ataque en Machagai -como los ocurridos antes en Charata o Sáenz Peña- expone las fallas del sistema y la necesidad urgente de actualizar controles, implementar registros efectivos y capacitar a la ciudadanía sobre la responsabilidad que implica tener un animal con capacidad de causar daño.s












