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Carta de lectores

Decepcionados con un tribunal

Familiares directos de los difuntos: Catalina Skoko y Vicente Floroff decepcionados con la jueza que atendió la Causa Floroff, Vicente/ Juicio Sucesorio, Expediente nº 115/03 jc.

Esta jueza no tuvo en cuenta los lazos familiares y sentimentales que nos unen a las personas arriba mencionadas (llámense hijos, nietos, bisnietos), solo tuvo en cuenta a la otra parte, a tal punto de cederle  junto a la perito partidora a cargo, el casco del campo donde nuestros padres se sacrificaron por hacer de ese predio un lugar digno para criar a sus hijos. 

Con el tiempo, nosotros como hijos acompañamos el trabajo diario y después nos hicimos cargo de la unidad económica que cuenta con toda la infraestructura para la cría de ganado y explotación agrícola. 

A nosotros –hijos de sangre del matrimonio arriba mencionado– nos otorgaron tierras improductivas inundables. 

Al ver tanta injusticia, presentamos recurso de amparo para que se revea, lo cual fue realizado. También lo hicimos personalmente reclamando semejante aberración. Ya que nosotros habitamos el casco de dicha unidad. Y de repente nos vimos en la calle.

En breves palabras les contamos un poco de historia para que este caso, creo único en la historia de nuestro país, hayan actuado de esta manera y así mismo la sociedad conozca la realidad. En el año 1958 mi padre se casa con mi madre Catalina Skoko, mi madre, que fallece en 1984. Mi padre nos exige la cesión de derechos de los bienes de la sucesión de mi madre con el fin de no debilitar la unidad económica. Accedimos a ello.

Posteriormente, en el año 1995 aproximadamente, mi padre se casa en segundas nupcias con Ana Merki, a escondidas de nosotros, en complicidad con el juez de El Palmar (hermetismo que se creó por si hubiera algún inconveniente). Ellos conviven cinco años porque Vicente Floroff fallece, siendo la señora Merki la que inicia los trámites de sucesión del mismo. De ese matrimonio no existen hijos en común. Sí hay hijos de ambos que corresponden a su primer matrimonio. 

En 2015 se modifica la ley favoreciéndolos a ella y a sus hijos de apellido Dimitroff –hijos de su primer matrimonio– quienes nunca pisaron ni derramaron una gota de sudor en el lugar. Esa ley establece que la señora Merki pasa a ser un heredero más de los bienes del primer matrimonio de Vicente Floroff y además el 50% de los bienes gananciales. 

No estamos en contra de la ley. Se hizo la tasación de los bienes de la sucesión de Vicente Floroff, y con el fin de evitar subdividir la unidad económica, se hace un ofrecimiento de dinero teniendo en cuenta lo que les "corresponde" a los hermanos Dimitroff ante el juzgado, denegado por la jueza por la no aceptación de la otra parte. Se pasa a segunda instancia, obteniendo el mismo fallo (no aceptan el ofrecimiento de dinero a cambio de la subdivisión). Actualmente se encuentra en la tercera instancia, Superior Tribunal de Justicia.

Vicente Floroff fallece en el año 2002, la señora Merki inició los trámites de sucesión inmediatamente. ¿La ley del año 2015 es retroactiva? ¿Qué ocurrió?

Pedimos a la Justicia que dé curso a nuestro pedido, pago en efectivo del valor de lo que les corresponde. No a la subdivisión de la unidad económica, ya que la familia Floroff la creó, trabajó en ella transpirando día a día; trabaja y sigue produciendo para y por el bien del país.

ANTONIO FLOROFF

(En representación de la familia Floroff)

TRES ISLETAS 

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