Insssep debe reincorporar como afiliado a un niño con discapacidad
La sentencia, que está firmada por la jueza Perla Mariela Alonso, ordena reincorporar como afiliado voluntario al pequeño que tiene diagnosticado autismo y padece trastornos en el habla.
GENERAL SAN MARTÍN (Agencia). En un hecho que resulta sin precedentes en el orden local, el Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia de esta ciudad de General San Martín, mediante la sentencia 103 firmada por la jueza Perla Mariela Alonso, ordena al Instituto de Seguridad Social, Seguras y Prestamos-Insssep- a reincorporar como afiliado voluntario a un niño que tiene diagnosticado autismo infantil y padece de trastornos en el habla.

El carácter de afiliado voluntario surge por el hecho de que su abuela es afiliada titular, afilió al pequeño realizando los aportes extraordinarios que corresponden. La desafiliación fue por Resolución 923 del actual directorio de dicho organismo, lo que fue calificado como arbitrario por parte de la magistrada.
Todo se inició con una promoción de un pedido de amparo interpuesta por Valeria Yanina Miérez, madre del menor, y con el patrocinio del abogado Juan Alberto Sánchez, letrado de esta ciudad.
VIOLACIÓN DEL DERECHO A LA VIDA
De esta manera, la sentencia indica que la baja como afiliado del niño en cuestión es una clara violación a uno de los esenciales derechos de niños y adolescentes, como lo son el derecho a la vida y a la salud.
En la misma sentencia se indica los costos del juicio por $536.113, que son los honorarios del abogado, además de otros gastos más IVA, deben ser pagados por la accionada, es decir por el Insssep.
En virtud de la desafiliación, el niño dejó de recibir atención especializada del caso psicología, psicopedagogía y apoyo a la integración escolar, entre otros, además de atención médica y medicamentos.
En mayo de este año esas prestaciones se vieron interrumpidas de manera intempestiva. Entre los fundamentos de la sentencia se hace alusión a los derechos de los niños y también al derecho a la preservación de la salud, el que debe ser garantizado por la autoridad pública con acciones positivas. Se estableció que el plazo para la reincorporación fuera de 48 horas.
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