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CARTAS DE LECTORES

De las personas adultas mayores a los diputados del Chaco

Señor director de NORTE:

Las personas integrantes del Consejo Provincial de Adultos Mayores del Chaco nos dirigimos a ustedes a fin de poner en su conocimiento nuestra opinión con referencia al proyecto de ley 1159 que será tratado en la próxima sesión extraordinaria que se realizará este lunes 2 de septiembre.  

A tal fin expresamos que, en ningún momento, desde que asumieron las nuevas autoridades, hemos sido convocados institucionalmente a participar en la elaboración de este proyecto de ley.

Aparentemente, el autor o los autores de esta ley desconocen la "Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Adultas Mayores", en donde se resalta en forma taxativa –dentro de todos los derechos que enuncia– el de la participación activa de las personas adultas mayores en la elaboración de políticas públicas dirigidas a este grupo etario. 

Nuestro país está adherido a la Convención Interamericana mediante la ley nacional 27360. La provincia del Chaco adhirió a la ley 27360 por medio de la ley provincial 2761/G.

Los adultos mayores somos el presente, y quienes cotidianamente estamos derribando barreras para que los jóvenes de hoy, futuros adultos mayores, puedan gozar plenamente de sus derechos.

Buscamos ser escuchados para poder aportar nuestra experiencia de vida, generar encuentros de conocimiento, vivencias y coordinar con áreas del gobierno y la sociedad para dar cumplimiento a la difusión del buen trato y respeto hacia las personas adultas mayores.

Ponemos como ejemplo el artículo 31 de este proyecto por medio del cual se establece que "el Ministerio de Desarrollo Humano es la autoridad de aplicación" y que "a través de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia, Familia y Adultos Mayores u órgano que en el futuro lo reemplace, tendrá a su cargo las tareas de elaboración, ejecución, supervisión y evaluación de la políticas públicas específicas", lo que determina que el desarrollo y el control de las tareas son exclusivas del Estado, sin participación de las personas adultas mayores. 

Los Consejos Provinciales del país tienen como objetivo institucionalizar la colaboración y la participación de los adultos mayores, de las organizaciones representativas de ellos y de las municipalidades, en la definición, aplicación y seguimiento de las políticas públicas relacionadas con este grupo etario. 

Además, tienen como función el relevamiento y análisis de las acciones que se lleven a cabo en la implementación de las políticas relativas a los adultos mayores, de los recursos que les sean asignados y propuestas alternativas para su optimización. 

También tiene como función participar en la elaboración de propuestas para la incorporación de otros derechos de esta población en la reforma de leyes inherentes a este grupo.

En este sentido, el proyecto muestra un cariz paternalista sin que se observe en su texto verdadera participación y escucha del colectivo al que está dirigido. Por lo expresado, precedentemente rechazamos y solicitamos a los señores diputados la no aprobación del proyecto 1159/24. 

Estamos dispuestos a participar en la elaboración de un proyecto de ley en el que tengamos la posibilidad de debatir el contenido.

"Cuando tus manos torpes y temblorosas se extiendan buscando el calor del afecto; cuando tu vista gastada pierda la capacidad de ver; cuando tu tiempo se esté acabando y sientas que necesitas compartirlo hasta el último aliento, recién entonces comprenderás que el anciano que hoy tienes enfrente espera todo de vos". 

RUBÉN ACOSTA

DNI 7912158 (VICEPRESIDENTE 1°) 

OSCAR ANDRÉS SALINAS

DNI 7667727 (VOCAL TITULAR) 

JUANA ACEVEDO

 DNI 4526758

ERMINIA BEATRIZ LUQUE

CONSEJO PROVINCIAL DE ADULTOS MAYORES DE LA PROVINCIA DEL CHACO

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