Alivio financiero para comerciantes

De acuerdo con lo establecido por el articulo 102 de la Ley Nª 27.743, el Ministerio de Economia de la Nación dictó la Resolución 780/2024 del 20/08/2024, encomendado en articulo 1º a la AFIP, a dejar sin efecto a partir del 01/09/24 los regímenes de Retención de los Impuestos Nacionales (IVA y Ganancias) realizados por las tarjetas de crédito, compras y débito, servicios electrónicos de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, incluso a través del uso de dispositivos móviles y/o cualquier otro soporte electrónico.
Si bien es cierto que la decisión no significa una reducción de impuestos, pero como el pago anticipado de los mismos ocasionan perjuicios financieros a los comercios, dado que se están abonando en forma adelantada los impuestos a ser declarados en la correspondiente declaración jurada a su vencimiento –mes inmediato siguiente en el caso del IVA y año siguiente para el Impuesto a las Ganancias–, la medida dará en consecuencia respiro financiero al comercio en general; siendo esto un gran alivio, teniendo en consideración la actual retracción de las ventas, producto de la caída de la demanda de bienes y servicios en general.
Resulta importante también, la invitación realizada por el artículo 2º a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a dejar sin efecto los distintos regímenes de retención de tributos locales, lo que en caso de una adhesión del Gobierno de la Provincia coadyuvará a una mejor situación financiera de las empresas chaqueñas.
Como conclusión –si bien todavía no se ha decidido la reducción impositiva necesaria– el comercio en general, a partir de septiembre de este año, gozará de una mejor y más saludable situación financiera.
(*) El autor es secretario de Economía de la Municipalidad de Resistencia.










