Subsidios a la luz y el gas: quiénes pueden pedirlos
El imparable avance de la inflación determinó que el umbral de ingresos a partir del cual no se pueden solicitar estará por encima de los $ 1.700.000 mensuales por familia. 

Esto hace que cada vez más usuarios que estaban calificados como N1, de "altos ingresos", ahora califiquen para pagar tarifas parcialmente subsidiadas. El Registro de Acceso a los Subsidios de Energía (RASE) está disponible y permite nuevas incorporaciones. El Gobierno fijó un nuevo incremento para la tarifa eléctrica que rige en forma retroactiva para los consumos que tuvieron lugar desde el 1 de febrero y que estará vigente hasta abril.
La suba, de más del 100%, afecta a los usuarios de mayores ingresos o a los que renunciaron a subsidios por el hecho de no pedirlos. Mientras tanto, está en marcha una quita gradual de subsidios a la boleta de gas natural que pondrá aumentos también para esos consumos más adelante. La tarifa promedio para N1 pasará de $ 8.000 a $ 20.000 en febrero.
Se estima que algo menos de un tercio de los usuarios residenciales están catalogados como N1 o de altos ingresos, sea porque sus ingresos mensuales superaron el máximo determinado por el gobierno anterior cuando se creó el subsidio, o porque directamente no pidieron quedar incluidos.
A medida que la inflación crecía, ese umbral también fue subiendo en forma acelerada. La normativa vigente categorizar como N1 a las familias que cobran hasta 3,5 veces la canasta básica. Cuando se puso en marcha el RASE ese nivel de altos ingresos equivalía a $ 348.869 mensuales de ingreso familiar. Pero el violento avance de los precios desde ese entonces cambió mucho ese nivel.

¿Cómo inscribirse para solicitarlos?
El gobierno mantiene abierta la inscripción del registro en el que se puede pedir el mantenimiento de los subsidios a la luz y el gas natural, cuya inscripción es obligatoria en caso de que se desee continuar con el beneficio. Los interesados deberán ingresar al siguiente sitio web: www.argentina.gob.ar/subsidios y hacer el trámite.
La Secretaría de Energía recomienda tener lo siguiente antes de iniciarlo: el número de medidor y el número de Cliente/Servicio/Cuenta/Contrato o NIS que están en la factura de energía eléctrica y gas natural por red; último ejemplar del DNI; el número de CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años; ingresos de bolsillo de cada integrante del hogar mayor de 18 años; dirección de correo electrónico. Si en el domicilio de los servicios funciona un comedor o merendero comunitario registrado en el ReNaCOM, se debe tener a mano el número de registro.
¿Cómo es la segmentación?
Está organizada en tres niveles.
Segmento de ingresos altos (N1), son los hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes: ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $ 1.735.294,11 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC). Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $ 2.117.058,82. Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años. Tener 3 o más inmuebles. Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.
Segmento de ingresos medios (N3), son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones: ingresos mensuales totales entre $ 495.798,32 y $1.735.294,11 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $ 743.697,48 y $ 1.735.294,11 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC). Poseer hasta 2 inmuebles. Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.
Segmento de menores ingresos, son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen las siguientes condiciones: ingresos netos menores a $ 495.798,32 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $ 743.697,48 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC). Poseer hasta 1 inmueble. No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.
Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan: una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP; una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur; una o un integrante con Certificado nico de Discapacidad (CUD). Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $743.697,48 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios; domicilio en donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en el RENACOM. Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $495.798,32 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
¿Si recibo un plan o soy jubilado me tengo que anotar?
Sí, tienen que anotar todas las personas, incluyendo los jubilados, pensionados y/o los beneficiarios de planes sociales tales como la Asignación Universal por Hijo (AUH), Progresar y Potenciar Trabajo.
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