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Sobre la creación del registro de obstructores de vínculos familiares

El impedimento del contacto de niños con sus progenitores y el deber de protección que le cabe al Estado

Sobre los efectos en la salud mental de niños, niñas y adolescentes debido a la obstrucción injustificada del contacto con uno de sus progenitores y/o su familia extensa, existe evidencia científica que respalda la idea de que el acercamiento continuo es crucial para el desarrollo emocional y psicológico saludable.

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David A. Martínez, licenciado en Psicología y especialista en Psicología Forense. Presidente de la Asociación de Psicólogos del Chaco.

Desde la Asociación de Psicólogos de la Provincia del Chaco, la que tengo el honor de presidir, hemos expresado nuestra profunda preocupación por el bienestar de los niños en situaciones que involucran la separación conflictiva y judicializada de sus padres.

En ese contexto, como profesionales de la psicología, señalamos la importancia de comprender los efectos que puede acarrear en la salud mental de los niños el impedimento injustificado e ilegal del contacto con uno de sus progenitores y/o de la familia extensa, y el deber de protección que le cabe al Estado para evitar o desalentar estas situaciones.

Numerosos testimonios clínicos y la evidencia científica más confiable respaldan la idea de que el contacto continuo con ambos progenitores es crucial para el desarrollo emocional y psicológico saludable de los niños. La falta de contacto con uno de los progenitores a consecuencia del accionar obstructivo y malicioso del otro progenitor puede tener serias consecuencias en su salud mental a corto y largo plazo, incluyendo ansiedad, depresión y estrés.

Al abordar esta problemática debemos tener en cuenta la denominada "violencia legal", que se refiere a situaciones en las que un progenitor, generalmente a través de acciones legales, utiliza el sistema legal para obstaculizar, limitar o negar el acceso del otro progenitor a sus hijos de manera injustificada.

Esto puede incluir la presentación repetida y maliciosa de demandas, la manipulación de procedimientos legales, la retención de información importante o la distorsión de los hechos ante las autoridades judiciales.

En esencia, la violencia legal implica el uso indebido del sistema legal para ejercer control y poder sobre la relación entre el niño y el otro progenitor, a menudo en detrimento del interés superior del niño y su bienestar emocional.


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Esta forma de abuso puede tener un impacto significativo en la salud mental y emocional de los niños, creando conflictos familiares prolongados y efectos negativos en su desarrollo psicológico.

La lentitud de los procedimientos legales es siempre funcional a los propósitos del progenitor obstructor y un calvario para el progenitor obstruido, porque lo coloca en un estado de indefensión total que lo obliga a soportar silenciosamente la ausencia de sus hijos.

En algunos casos, lamentablemente, algunos abogados y abogadas pueden aprovechar los resquicios del derecho para facilitar o contribuir a la obstrucción de los vínculos familiares entre padres e hijos. Esto puede incluir estrategias legales que prolongan los procesos judiciales innecesariamente, presentación de demandas injustificadas, o incluso la promoción de acusaciones falsas o exageradas en los tribunales.

Estas tácticas pueden ser tremendamente perjudiciales y pueden aumentar el conflicto familiar en lugar de resolverlo de manera constructiva.

Es importante destacar que la mayoría de los abogados y abogadas de la provincia ejercen su profesión con ética y buscan el interés superior de los niños, pero existen casos excepcionales en los que se pueden utilizar estrategias legales para fines inapropiados que afectan negativamente a la salud mental y emocional de los niños involucrados.

Por lo tanto, es fundamental que tanto los profesionales del derecho como los profesionales de la salud mental trabajen juntos para garantizar la protección de los derechos de los niños y su bienestar en situaciones de conflictos familiares.

Es fundamental una intervención temprana y de calidad

Es una realidad innegable que, en los litigios de familia, la obstrucción del vínculo parento-filial puede surgir como una preocupación significativa que requiere de una cuidadosa atención e intervención profesional; sin embargo, hay quienes abrevan de los argumentos del negacionismo planteando que nada de todo esto existe y que se trata, en realidad, de meras triquiñuelas de padres manipuladores. La sociedad debe saber que esto no es así.

A diario, los psicólogos clínicos recibimos en nuestras consultas a adultos y niños que enfrentan estas situaciones dolorosísimas, las cuales constituyen, sin lugar a duda, una forma cruel de maltrato psicológico.


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En Argentina, la jurisprudencia y la legislación reconocen ampliamente la importancia del contacto continuo con ambos progenitores al establecer como prioridad el interés superior del niño. Por ello, desde la Asociación de Psicólogos abogamos por la aplicación efectiva de la legislación vigente y por la realización de evaluaciones psicológicas imparciales, objetivas y neutrales en casos de disputas de custodia. Una intervención temprana y de calidad es fundamental para minimizar el impacto en la salud mental de los niños y promover relaciones saludables con ambos padres.

Es importante reconocer que, en los casos de obstrucción del vínculo entre padres e hijos, adoptar un enfoque sesgado, dogmático e ideologizado puede ser perjudicial.

Debe señalarse con claridad que no se trata de un problema de género o de presuntas conspiraciones patriarcales, puesto que tanto mujeres como hombres pueden ser obstructores de los vínculos de crianza.

En la búsqueda del bienestar de los niños, niñas y adolescentes, es esencial evitar estereotipos de género y abordar cada caso de manera individual y objetiva. La neutralidad y la imparcialidad son principios clave para garantizar que se tomen decisiones informadas y justas que protejan el interés superior de los niños.

Por todo lo indicado, desde la Asociación de Psicólogos, apoyamos la aprobación del reciente Proyecto de Ley 3000/2023 de creación del registro de obstructores de vínculos familiares entendiendo que podría significar un positivo avance hacia una genuina igualdad de género para un sano ejercicio de la responsabilidad parental compartida.

Por último, quiero dejarle al lector una reflexión que, aunque obvia, no deja de ser importante recordar: la salud mental de un niño, niña o adolescente nunca estará completa si se le niega la posibilidad de tener un sano vínculo con ambos progenitores y sus familias. Una infancia feliz incluye a la madre, al padre, a los abuelos, los tíos y los primos.

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(*El autor es licenciado en Psicología y especialista en Psicología Forense. MN 39601 - MP 567).

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