CARTAS DE LECTORES
Registro de obstructores: ¿doble moral o conflicto de intereses?
Señor director de NORTE:
Este miércoles 30 la Legislatura debatirá la creación del Registro de Obstructores de Vínculos Familiares que, en sencillas líneas, sanciona con la anotación en un registro provincial de progenitores que de una u otra forma impidan un obstaculicen el contacto de sus hijos con el otro que no convive con ellos.
En esa línea se ha generado un insólito debate en el que un sector de profesionales —más que de ciudadanos— se encuentra realizando cuanta acción pueda a los fines de evitar la sanción de dicha ley.
Los argumentos que utilizan son más que inauditos: que se sanciona más a madres que a padre; que el proyecto es un cascarón; que no ampara lo que pretende amparar; que el mismo no protege a niños, niñas y adolescentes; llegando incluso a decirse que es una suerte de beneficio para quienes —solo ellos— definen como abusadores, más sin brindar fundamento alguno de tan liviana acusación.
Pero la cuestión se dilucida a poco que vemos quiénes son los que se oponen a la sanción de la ley. Se trata, no curiosamente, de un selecto grupo de profesionales que, de una u otra forma, hacen de la obstrucción de vínculos un negocio.
Esto es tan evidente que incluso se ha llegado a conocer que algunos de ellos han emprendido una desesperada campaña contrarreloj para evitar la sanción de la ley, llegando a realizar llamadas telefónicas a los legisladores en aras de evitar el tratamiento del proyecto.
Pero recapitulando, no recordamos que la sanción de las leyes que crearon el Registro de Deudores Alimentarios (Redam) o la de Registro Único de Personas Violentas (RUPV) y hasta el Registro de Condenados por Delitos Contra la Integridad Sexual hayan generado debate alguno.
La cuestión, entonces, finca en el verdadero motivo por el cual este proyecto sí genera la enfundada oposición de ese minúsculo sector.
No es un hecho a soslayar que este es el primer registro que ocasionaría el asiento de personas del sexo femenino y, si bien el delito de obstrucción de contacto no conoce de sexos, así parece interpretarlo el reducido sector que se opone al debate con todos los recursos posibles.
Ese sector, integrado por profesionales del derecho que lucran con la obstrucción, coadyuvado por determinadas profesionales de la psicología —algunos de ellos autotitulados "licenciados en Psicología"— que inundan los estrados con falsas denuncias y falsos informes psicológicos avizoran en la sanción de esta ley el fin de una industria del juicio que, como se viene advirtiendo en los últimos días, han terminado por colapsar el fuero de Niñez Adolescencia y Familia.
Entonces, no se puede estar de ambos lados del mostrador. No puede solicitarse en expedientes judiciales el libramiento de oficios a los fines de inscribir a una persona en el Registro de Deudores Alimentarios pero a la vez estar en contra de la creación de este nuevo registro de obstructores. No parece nada lógico, ¿verdad?
Solo es cuestión de sincerarse. ¿Estamos ante un caso de doble moral o como en verdad parece ¿estamos en los albores del fin de una industria judicial que ha visto en la obstrucción de vínculo un negociado que consiste en utilizar al niño o a la niña como moneda de cambio para lograr réditos económicos?
El tiempo lo dirá. Pero primero la creación del registro de obstructores será ley.
ALEJANDRO SEGOVIA
DNI 23106 251
REFERENTE PROVINCIAL DE INFANCIA COMPARTIDA
RESISTENCIA













