Juicios climáticos por las generaciones futuras
Con el aumento de la temperatura peligra la seguridad alimentaria, pero lo más grave del CC es la pérdida de millones de vidas humanas y sus bienes materiales.
Así como vamos, el cambio climático (CC) destruirá indefectiblemente todos los ecosistemas de nuestra casa, el aumento del nivel del mar está obligando y obligará a cientos de millones de personas a migrar a territorios más seguros.
En todos los casos hay particulares, empresas, asociaciones y gobiernos que son los responsables directos de los daños al ambiente y a las personas. Ha sido la razón por lo que en todo el mundo se pusieron demandas cuantificando la responsabilidad en los eventos que desencadenaron la litigación.
Las pruebas científicas de los daños y pérdidas sufridas dieron lugar a sentencias favorables en beneficio de las generaciones presentes y futuras.
Demandas ambientales
A nivel global se interpusieron desde hace casi cincuenta años alrededor de 1.500 demandas ambientales con resultados favorables a los demandados contra cientos de empresas petroleras, o las grandes madereras por deforestación, etc. que han sido obligadas al pago de compensaciones. La base fue que tanto litigantes como científicos han sido capaces de tasar los daños económicos producidos por el cambio climático en ese evento extremo.
La novedad por la naturaleza de la demanda en el país del Norte. Sentenció a favor de un grupo de jóvenes en un juicio climático. Interpuso la demanda en representación de dieciséis jóvenes, de entre 5 y 22 años, la organización Our Children’s Trust (confianza en nuestros niños) que ayuda a la gente joven a defender sus derechos climáticos.
La acción por el cambio climático fue caratulada como Held vs. Montana en el condado de Lewis y Clark - Lewis and Clark (en inglés: Lewis and Clark County). Un juez de Montana se puso del lado de los jóvenes activistas ambientales que dijeron que las agencias (similar a ministerio) estatales estaban violando su derecho constitucional a un medio ambiente limpio y saludable al permitir el desarrollo de combustibles fósiles sin considerar su efecto sobre el clima.
El juicio llegó al tribunal de Helena capital de Montana el 20 de junio de 2023 donde el fallo estableció el deber del gobierno de proteger a los ciudadanos del cambio climático. Diversas opiniones jurídicas se ventilaron en el proceso, se dijo que era inconstitucional la política que usa el estado para evaluar las solicitudes de permisos de combustibles fósiles, que no permite que las agencias (misterio) evalúen los efectos de las emisiones de gases de efecto invernadero.
Otro magistrado sostuvo que se ha demostrado que las emisiones y el cambio climático de Montana son un factor sustancial que causa impactos climáticos en el medio ambiente de Montana y daños y lesiones a los jóvenes. La abogada de los jóvenes celebró el fallo diciendo que marca un punto de inflexión en los esfuerzos de esta generación para salvar el planeta de los efectos devastadores del caos climático causado por el hombre.
Se hicieron valer en juicio las pruebas científicas demostrando que en dos semanas en junio el aumento de las emisiones de dióxido de carbono provocó temperaturas más altas, más sequías e incendios forestales y una menor capa de nieve. Esos cambios están perjudicando la salud física y mental de los jóvenes, fundamentaron los peritos de parte. El Estado de Montana se defiende, las aguas no quedaron calmas.
Recomposición del ambiente en Argentina
En nuestro país, en 2004 un grupo de habitantes presentó una demanda contra el Estado Nacional, la Provincia, la CABA, 44 empresas y 14 municipios por donde se extiende la Cuenca Matanza-Riachuelo. Reclamaron la recomposición del ambiente, la creación de un fondo para financiar el saneamiento de la Cuenca, más un resarcimiento por daños y perjuicios. Mendoza, Beatriz Silvia y otras c/ Estado Nacional y otros s/daños y perjuicios.
El 8 de julio de 2008, la Corte Suprema de Justicia dictó el fallo donde se determinó quiénes son los responsables de llevar adelante las acciones y las obras de saneamiento.
Se obligó: 1) Mejora de la calidad de vida de la población de la Cuenca. 2) Recomposición del ambiente en todos sus componentes (agua, aire y suelo. 3) Prevención de daños con suficiente y razonable grado de predicción.
Además, encomendó al Defensor del Pueblo de la Nación, a la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Fundación Greenpeace Argentina, Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Asociación Vecinos de La Boca, y Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos (ACDH) la conformación de un Cuerpo Colegiado para el control del Plan de Saneamiento y de las obligaciones y fallos establecidos en la sentencia.

En el Chaco
En nuestra provincia, la causa ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en el Expediente: 2575/21-5-P Silvestri Facundo Sebastián y Latapie Gustavo Raúl s/amparo de garantías, venido en apelación por fallos adversos para la actora que en dos instancias sentenciaron que el amparo no era la vía idónea para reclamar derechos en cuestiones por fumigación sobre los seres humanos y los ecosistemas. Patrocinó el colega Juan Alberto Sánchez.
Los demandados Don Panos de Unitec Agro S. A. y/o Unitec Bio S.A., Secretaria de Desarrollo Territorial y Ambiente de la Provincia del Chaco y/o Poder Ejecutivo de la Provincia del Chaco.
El objeto de la demanda era para que de manera urgente cesen las fumigaciones /pulverizaciones, aéreas y terrestres, con biosidas que vienen realizando en la zona rural y/o suburbana de la ciudad de Presidencia Roca llamada Colonia San Francisco, y sobre el pueblo de Presidencia Roca, hasta que se verifique la seguridad de las mismas y su no afectación a las comunidades lindantes y al medio ambiente.
Sentenció el STJ el 30 septiembre 2022: Hacer lugar (…), declarar que el amparo es la vía por la que debe tramitar la presente (demanda). Debería haber dictado el inferior nueva sentencia. Es Justicia.
(*El autor es abogado y especialista en evaluaciones ambientales)










