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La AFIP actualizó los valores mínimos a partir de los cuales controlará los gastos con tarjeta

Con la actualización, el monto mínimo desde el que las entidades financieras deben informar los gastos con tarjeta de débito se elevó de $30.000 a $120.000.

La Administración Federal de  Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los valores mínimos a partir de  los cuales los bancos y billeteras virtuales deben comunicar los  movimientos en las cuentas bancarias y tarjetas de contribuyentes  de todo el país.

   Con la actualización, el monto mínimo desde el que las  entidades financieras deben informar los gastos con tarjeta de  débito se elevó de $30.000 a $120.000. En tanto que el valor mínimo para reportar tanto acreditaciones como extracciones  mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo aumentó de $90.000 a $200.000, de acuerdo con lo establecido en la  Resolución General 5338.


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   La resolución también incrementó los montos para los  administradores de sistemas de procesamiento de pagos a través de  plataformas de gestión electrónica o digital, incluyendo los  Proveedores de Servicios de Pago (PSP), comúnmente denominadas  como billeteras virtuales.

   A su vez, el régimen aplica de igual manera cuando el tipo de  operación, ya sea de ingreso o egreso (de efectivo, transferencia  bancaria, en moneda extranjera, moneda digital) sea una  transferencia bancaria o virtual, que iguale o supere los  $400.000.

   Además, a partir de este jueves 1 de junio, entrarán en  vigencia los nuevos mínimos desde los cuales se deberá informar a  la AFIP por la compra o venta de motos y autos usados o la  transferencia de un inmueble.

   En el caso de las operaciones de compraventa de motos o autos  se deberán informar al organismo a partir de $1,1 millón cuando se  trate de autos y de $450.000 cuando sea de motos. 

   Los montos vigentes hasta este miércoles se ubican en los  $600.000 y $240.000 pesos, respectivamente. Por su parte, para los  inmuebles el valor se actualiza desde los 5 millones a 9,4  millones de pesos.

   Al mismo tiempo, regirá un incremento en el valor mínimo desde  el cual es obligatorio tramitar el Certificado de Transferencia de  Automotores (CETA), pasando de los 2,4 a los 4,5 millones de  pesos.

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