CARTAS DE LECTORES
Carta abierta a la ciudadanía de la provincia del Chaco
Señor director de NORTE:
En virtud del anuncio del Poder Legislativo del Chaco, donde comunican que se otorgará el Premio "Dr. Mario Federico Bosch" Edición 2023 —un reconocimiento a la lucha por la violencia institucional— a la señora Nora Nieto, madre del fallecido Leandro Bravo; y teniendo en cuenta que el caso se encuentra en proceso judicial, sin resolución, sentencia ni veredicto, elevamos aspectos que deben tenerse en cuenta antes de celebrar el evento en el Recinto de Sesiones este miércoles 24 de mayo.
Amparados por el Código Procesal Penal donde la presunción de inocencia constituye la máxima garantía constitucional del imputado, que permite a toda persona conservar el estado de "no autor del delito" en tanto no se expida una resolución judicial firme; entendemos que la entrega del reconocimiento atenta contra las instituciones de la república y proclamadas por la Constitución Nacional.
Nuestra intención es llamar a la reflexión a los legisladores, que se respete el derecho a ser inocente y que en la medida que exista una investigación en curso no se culpabilice a trabajadores por el solo hecho de vestir un uniforme.
En la misma inteligencia exigimos que se respete el debido proceso, el derecho a ser oído, el derecho a no ser encarcelado arbitrariamente, a transitar el proceso en libertad, a la protección jurídica, la igualdad ante la ley, libre información, el derecho a libertad de expresión, el derecho a difundir ideas por cualquier medio a nuestro alcance, a la dignidad y la honra.
Si la legislatura premia la "Lucha contra la violencia institucional" es porque asumen que Leandro Bravo fue víctima de eso. Y eso aún no está definido.
Por otro lado, venimos exigiendo a la justicia del Chaco que den curso favorable al cese de prisión preventiva de nuestros familiares, ya que a la fecha las pruebas presentadas, tanto testimoniales, de video y de autopsia sobre el cuerpo de Bravo demostraron de manera contundente, inequívoca e irrevocable que los trabajadores investigados ninguna responsabilidad tuvieron en el trágico desenlaces y muerte del joven. Es decir que al momento tenemos cuatro personas privadas de su libertad "por las dudas", y por hacer su trabajo.
En el mismo sentido, el correcto accionar se acreditó en cada instancia del proceso. ¡Así que no se puede hablar de violencia institucional, donde no hubo y no hay! La única certeza que hasta el momento tenemos es que no hay peor violación a los derechos humanos y tratados internacionales que los que se están cometiendo en este caso. Estos tratados no son una cuestión de ideología ni color político ¡que no nos confundan! Anticipar postura mediante actos públicos que declaren la culpabilidad del investigado, de cara a la sociedad, es un acto grave. Las determinaciones sobre la inocencia de las personas deben basarse en función de pruebas y certezas, no en relatos, presiones de organizaciones estatales que se sostienen con dinero de los contribuyentes para hacer daño, y que se autodenominan de "derechos humanos" y acusan a jóvenes trabajadores policiales, involucrándolos en una siniestra causa armada mediante mecanismos bien definidos y ya conocidos por todos.
Espero no ofender a nadie con lo expuesto, y motivar un comportamiento más cauto y responsable por parte de las personas que ocupan una banca en los organismos estatales. Sólo manifiesto lo que pienso a través de este medio, comparto información y reivindico la lucha por la verdad para un mundo mejor.
DANIEL ROMERO
DNI 36934328
RESISTENCIA
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Las mentiras sobre el premio a la lucha contra la violencia institucional
Señor director de NORTE:
Motiva esta carta la reacción al anuncio del Poder Legislativo del Chaco, en el cual promocionan el otorgamiento del Premio "Dr. Mario Federico Bosch" Edición 2023, en reconocimiento a la lucha por la violencia institucional, a la señora Nora Nieto, madre del fallecido Leandro Bravo; con lo cual se estaría a mi entender ante un fraude más perpetrado por pseudas organizaciones de DD.HH. y esta vez acompañadas por los tres poderes del Estado ya que en este hecho jamás existió violencia Institucional como quedó demostrado en las pericias y autopsias practicadas, sino que Bravo habría fallecido por afecciones orgánicas severas que comprometían sus pulmones, riñones y corazón, producto de consumos problemáticos crónicos. El hecho ocurrió el sábado 26/02/2022, en Charata, cuando el oficial subayudante Alexis Fleitas, intenta identificar a un masculino que resultó ser Leandro Fabricio Bravo, quien se hallaba completamente exaltado. Bravo hizo caso omiso a las indicaciones del oficial que al intentar reducirlo se resiste y ataca físicamente, luego dándose la fuga corriendo.
Ante ello el Fleitas procede a realizar una persecución para aprehensión, Bravo —para eludir el accionar policial— fue asistido por su novia y una ciudadana de nombre Romina Aguirre, quienes en sus respectivas motocicletas trasladan a Bravo ayudándolo. En la persecución BRAVO, arroja una billetera en la casa de un señor de apellido Ibañez. Luego al momento de su detención efectuada por el agente Enzo Gómez y el oficial Alexis Fleitas, Bravo se resiste lanzando patadas y piñas, por lo que lo reducen con esposas y después llega el agente Agustín Díaz y el cabo Franco Sosa de la División 911. Lo trasladan al detenido en la caja del móvil a sanidad policial, donde lo atiende la enfermera de turno, quien al ver que está descompensado pide que lo lleven al hospital, ya en el Hospital de Charata arriba sin signos vitales y el médico de turno le practico maniobras de RCP para reanimarlo, pero finalmente falleció. Ante el fatal hecho, la Policía dio intervención al fiscal de turno, Hugo Baigorrí quien ordenó que se realice la autopsia, que reveló que se trató de una muerte súbita por paro cardiorrespiratorio no traumático. A las 7 - 8 horas de haberse producido el deceso de Bravo se le realizó una autopsia con presencia de todas las partes, el médico forense Hugo Rodríguez del Poder Judicial, y el Salomon Gourman un especialista en traumatología, como perito médico de parte, designado por la familia de Bravo, quien supervisó y constató los resultados. La autopsia sobre el cuerpo de Leandro habría arrojado un estado general crítico con una asepsia generalizada en sus órganos vitales, como marcas de infartos en el corazón, "pulmón de minero", por su aspecto necrótico, riñones con pus.
Su cuerpo conforme dictamen de la primera autopsia, la cual no fue invalidada, no evidenciaba hematomas ni signos de lesiones inflamatorias craneales ni tenía edemas, solamente habría arrojado que presentaba unas tres escoriaciones leves en el torso, pómulo derecho y en rodilla derecha inocuas para producir su muerte, certificado por la doctora Oliva que lo atendió a Bravo en el hospital, luego de llegar de sanidad policial donde se descompensó, escribe la hora de la muerte e inscribe en el certificado que las escoriaciones que presentaba eran de vieja data (3 días para atrás). También presentaba desnutrición, asepsia generalizada, lo que le provocada una descompensación generalizada, según el informe de autopsia, firmado por el médico Rodrihguez y el médico de parte Gourman, quienes fueron amenazados de muerte por el padrastro de Bravo (Dr. Sánchez), debido a sus conclusiones, amenazas que fueron denunciadas y se sustancia actuaciones penales por ellas.
El fiscal Baigorrí se declaró incompetente por amistad manifiesta con los familiares de Bravo y la causa pasó a Fiscalía de DD.HH. de la 2da. circunscripción judicial de Sáenz Peña y con ello comienza una serie de irregularidades. El 08-03-22 se reúnen en el domicilio de la familia de Bravo el procurador general Jorge Cantero, el director del OCCI Ricardo Urturi, el subsecretario de Planificación de seguridad y Justicia Leandro Alvarez y Kevin Nielsen (por entonces vicepresidente del Comité de Lucha contra la Tortura) y Romina Duarte (abogada de la Subsecretaría de DD.HH. de la Provincia), hecho registrado y publicado por Red Televisión de la ciudad de Charata lo que demuestra una clara sociedad del Poder Político, los organismos de DDHH y una devaluada Justicia, que se presta a los espurios negocios de oscuros personajes que a las clara no buscan justicia sino réditos económicos.
La defensa técnica de los policías denunció públicamente una inoperancia absoluta y malintencionada por parte de la Fiscalía de DD.HH. y los organismos de DDHH" aludiendo que, hay un CD que mandó el licenciado en Criminalística, Lugo, que sacó todas las fotos de la primera autopsia en presencia de Baigorrí y de Guzmán y que hasta ahora no lo encuentran (inexplicablemente desaparecieron). Pero sin embargo, incorporan como autopsia, el CD conteniendo fotografías tomadas por la familia Bravo, a las 23:30 del 26 de febrero, en la sala funeraria, pretendiendo hacer pasar como autopsia cuando el cuerpo ya está en descomposición, con marcas del desfibrilador debajo de las tetillas como si fuese una tortura. A las 21:30 terminó la autopsia. Esas fotos de la primera autopsia que envió el licenciado Lugo, el 4 de marzo que ingresó a la Fiscalia de DDHH en Sáenz Peña el 7 de marzo, privando de esas fotos a la defensa.
Sin embargo, fueron muy rápidos y hábiles en incorporar las fotos de la sala velatoria, donde el cuerpo está sangrado y cocido, que obviamente está así luego de salir de la autopsia, lo que hace que la gente prejuzgue la situación". La defensa reiteró que los supuestos golpes que Bravo presentaba no existieron: "Cuando el cuerpo ya estaba en descomposición se ven marcas, pero en las fotos de la autopsia el cuerpo es inmaculado, tiene las escoriaciones en el pómulo derecho, en el arco superciliar derecho, en el costado lateral derecho debajo de la tetilla y de vieja data en las piernas. No tiene hematomas ni golpes ni hematomas craneales, las marcas son del RCP".
Párrafo aparte merece la segunda autopsia ya que ingresan por la ventana a Virginia Creimer, una médica multidenunciada y procesada por falsos testimonios en distintas causa en el territorio argentino. Esta mujer es designada como perito de parte de la querella, a pesar de no poseer matricula profesional habilitante en el Chaco, ni reconocida su especialidad ni se halla inscripta en el STJ, la Fiscalía de DDHH la habilita para oficiar como perito en la segunda autopsia practicada el 25-03-2022: Creimer resulta ser la famosa perito del caso Maldonado, en que 73 peritos especializados dictaminaron que Maldonado falleció por hipotermia y asfixia por inmersión mientras ella fue la única que dictaminó que lo mataron por asfixia por compresión y guardaron su cuerpo en un tacho con agua. Ella y la dra. Lamparelli vieron en el cuerpo de Bravo un tercer riñón, ya que en la primera autopsia habían diseccionado uno y solo quedo uno en el cuerpo. Pero sostenido con el protocolo Minnesota, quedó plasmado en la filmación que lo que las peritos diseccionaron fue el bazo y no un riñón conforme lo declararon los peritos Villaverde y Valenzuela presentes también en el acto, mintiendo las dos profesionales en sus informes finales de autopsia.
Los cuatro policías están detenidos desde el 14/03/2022, han transcurrido más de un año en prisión preventiva y en ese sentido el CPP del Chaco es claro porque prevé que una persona no puede estar privada de su libertad más de un año mientras se sustancia la Instrucción Penal Preparatoria, por ello ya, obligatoria y legalmente, debían ser puestos en libertad los cuatro empleados. Esto sucede ilegítimamente por la fiscal de DDHH con la anuencia cómplice de la jueza de Garantías, cuando ya los tenían que haber liberado, porque una simple escoriación no puede generar el deceso según lo dictaminado por los médicos participantes de la primera autopsia, en ello el perito de parte de la familia, que además detalló un completo cuadro de desnutrición, deshidratación, el corazón con marcas compatibles para preinfarto e infartos productos de su real cuadro de salud.
De lo expuesto precedentemente queda clarificado en grado de certeza, que la única violencia Institucional fue ejercida primeramente, por el Poder Ejecutivo, y Judicial de la Provincia contra los cuatro empleados policiales a los que no se les ha respetado su derecho al debido proceso, a su defensa, al principio de inocencia y de libertad y permanecen detenidos arbitrariamente soportando además el escarnio público, agitado por la mentiras estructuradas y producidas desde los movimientos e instituciones de DDHH. Violencia Institucional que además es ejercida contra los familiares de estos empleados y como corolario ahora la violencia institucional de la Cámara de Diputados al otorgar este premio, ya que la propia familia de Bravo tenía una medida cautelar de prohibición de acercamiento contra Leandro F. Bravo, porque lo consideraban peligroso, prueba de ello es que Leandro vivía en una "tapera" en Charata, sin agua, sin luz, y según testimonios los vecinos hasta le daban de comer porque no recibía ayuda ni protección de su familia. Era una persona enferma por su adicción a las drogas y al momento de su deceso estaba deshidratado, desnutrido y abandonado a su suerte. Eso no se puede refutar con nada. El premio a la Lucha contra la violencia Institucional deberían darles a los hijos, las esposas o las madres de los cuatro policías que vienen luchando para que se haga justicia
RAUL CANTERO
COMISARIO. MAYOR (r)
LICENCIADO SEGURIDAD PUBLICA
RESISTENCIA










