Corrientes: pidieron 15 años de prisión contra el exjuez Soto Dávila
El fiscal general ante el Tribunal Oral Federal de Corrientes, Carlos Schaefer, solicitó la imposición de penas de 15 de prisión y de inhabilitación absoluta y especial perpetua para el exjuez federal de esa ciudad Carlos Soto Dávila, acusado de beneficiar a personas investigadas por narcotráfico a cambio de dádivas. La fiscalía además requirió que se lo condene al pago de una multa de 75 mil pesos.

Schaefer consideró que a lo largo del debate quedó acreditado que Soto Dávila cometió el delito de asociación ilícita, en calidad de jefe, en concurso real con cohecho pasivo agravado, en calidad de autor, reiterado en ocho oportunidades que concurren materialmente entre sí, el cual concurre a su vez en forma ideal con el de prevaricato, en calidad de autor, reiterado en nueve oportunidades.
En el final de un alegato que abarcó dos jornadas -la primera, el lunes pasado, se extendió desde la mañana hasta la tarde-, el representante del MPF requirió también la imposición de penas de 12 y 9 años y 6 meses de prisión para Pablo Carlos Molina y Federico Alberto Grau, dos funcionarios del juzgado federal por entonces a cargo de Soto Dávila, la inhabilitación absoluta y especial perpetua y el pago de una multa de 65 mil y 50 mil pesos, respectivamente. Consideró que Molina y Grau son responsables del delito de asociación ilícita, en carácter de miembros de la organización, en concurso real con cohecho pasivo agravado, en calidad de partícipes necesarios, reiterado en cinco oportunidades que concurren materialmente entre sí.
En el caso de Molina, en concurso ideal con el de prevaricato, como partícipe necesario, reiterado en seis oportunidades, mientras que en el de Grau con una reiteración del delito en tres ocasiones.
Por otra parte, solicitó penas de 8, 7 y 5 años de prisión para los abogados Duylio Horacio Barboza Galeano, Gregorio Humberto Giménez y Tomás Alfredo Viglione, respectivamente, y la inhabilitación absoluta y especial perpetua para los tres, por considerarlos responsables de los delitos de asociación ilícita, en calidad de miembros de la organización, en concurso real con el delito de cohecho activo agravado, reiterado en cuatro oportunidades que concurren materialmente entre sí, en calidad de coautores.
Finalmente, solicitó la pena de 2 años y 5 meses de prisión efectiva para el abogado Juan Manuel Faraone, por considerarlo penalmente responsable del delito de cohecho activo agravado.
Por otro lado, el fiscal solicitó el decomiso y puesta a disposición de las autoridades respectivas de los efectos secuestrados en el marco de la causa. A su vez, hizo saber que se realizará una revisión de la prueba producida en el debate para evaluar la pertinencia de iniciar las investigaciones que correspondan respecto de la intervención de funcionarios públicos que prestaron, para la fecha de estos hechos, labores en el Centro de Reunión de Información "Corrientes" de la Gendarmería Nacional.
El fiscal finalmente solicitó que se homologuen los acuerdos de juicio abreviados suscriptos respecto de otras personas acusadas de conformar una organización criminal dedicada a cometer diferentes delitos contra la administración de justicia para garantizarle la impunidad a personas vinculadas con maniobras de tráfico ilícito de estupefacientes. De acuerdo con la acusación fiscal, los principales beneficiarios de esas maniobras -pero no los únicos- fueron los miembros de una banda de narcotraficantes que funcionaba en la ciudad correntina de Itatí y que resultaron condenados en 2021.
Según explicó la fiscalía, en distintas causas que tramitaban ante el Juzgado Federal N° 1 de Corrientes se habrían concretado diversas negociaciones y presentaciones por escrito para que, a cambio de la entrega de dinero o del ofrecimiento de beneficios, se dictaran resoluciones, se omitieran o bien se demoraran fallos que debían dictarse, con la finalidad de beneficiar a personas investigadas por narcotráfico. Esto ocurría mediante el dictado de órdenes de libertad, resoluciones de falta de mérito o exenciones de prisión. En otros casos, incluso se reprochaban participaciones menores a quienes en realidad eran quienes dirigían las actividades de narcotráfico.
Este juicio comenzó el 21 de junio de 2022 y a lo largo de las audiencias declararon más de 60 testigos. Junto al fiscal Schaefer interviene la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), a cargo del fiscal federal Diego Iglesias y el auxiliar fiscal de esa oficina Martín Uriona. El tribunal está compuesto por los jueces Juan Manuel Iglesias (Chaco), Rubén David Oscar Quiñones (Formosa) y Manuel Alberto Jesús Moreira (Misiones), dada la excusación de los integrantes originales del tribunal por su relación con los exfuncionarios acusados en juicio.
Tras la exposición de la fiscalía, la audiencia del viernes continuó hoy con los alegatos de la defensa.
"Quiénes saben buscar pruebas, saben cómo evitar dejarlas"
El alegato del MPF se realizó a lo largo de dos audiencias -el lunes fue la primera y hoy la segunda- y estuvo dividido en tres etapas. En primer lugar expuso el fiscal Iglesias, quien desarrolló los antecedentes que sirvieron de base para la investigación que se llevó adelante en esta causa. "Por las evidencias recogidas en este debate y las demás que fueran incorporadas por lectura, el MPF tiene por probado los hechos objeto de este proceso descriptos en los requerimientos de elevación a juicio", afirmó.
Iglesias resaltó que la prueba en este tipo de delitos "recorre un arduo camino" debido a la escasa probabilidad de contar con elementos probatorios directos que demuestren su existencia, ya que quienes los cometen hacen todo lo que está a su alcance para que no sean conocidos, advertidos ni investigados. "Ello adquiere mayor relevancia cuando los hechos objeto de este juicio fueron cometidos en el marco de actuación de un juzgado federal, por sus máximas autoridades, quienes tienen específicos conocimientos como para ocultar los rastros de su ilícita conducta. Quiénes saben buscar pruebas, saben cómo evitar dejarlas", señaló.
Luego, Iglesias hizo hincapié en la importancia de no segmentar la prueba. "Los hechos deben ser apreciados en su integridad, observándose el cuadro completo. No la foto sino la película completa", puntualizó Iglesias.
El fiscal recordó que a los acusados se les imputa haber formado parte de una asociación ilícita que tenía como finalidad principal la de brindar cobertura judicial para el desarrollo de las actividades de la organización narcocriminal liderada por Federico Sebastián Marín y Carlos Bareiro, e integrada por más de 56 personas. "Esa connivencia del entonces juez federal, Soto Dávila, y sus dos secretarios, Grau y Molina, consistió en evitar avanzar en las investigaciones a su cargo vinculadas a operaciones de esa organización criminal de modo tal de no comprometer judicialmente a sus lideres (Marín y Bareiro), como también mejorar la situación procesal de aquellos miembros que por el accionar preventivo de las agencias de seguridad fueran apresados, otorgando libertades contrarias a derecho", señaló.
"Como intermediarios entre los narcocriminales y el juez y sus dos secretarios penales, actuaron los abogados Duylio Horacio Barboza Galeano, Gregorio Humberto Giménez y Tomás Alfredo Viglione, Jorge Ricardo Vallejos y Omar Antonio Serial, quienes de manera coordinada y alternada fueron interviniendo en las causas y negociaron los términos de los acuerdos ilícitos. Finalmente, también intervino Juan Manuel Faraone aprovechando su relación personal con el juez y el propio Marín", detalló Iglesias.
En ese marco, recordó que varios de los nombrados no forman parte de este debate ya que llegaron a un acuerdo de juicio abreviado.
"Lo que se probó en esta causa es justamente la existencia de un grupo de personas con objetivos comunes, división del trabajo, estructura y permanencia, códigos de conducta comunes, sistema de toma de decisiones, relaciones entre ellos y hacia el mundo exterior; ejecutando planes delictivos para viabilizar y encubrir los negocios espurios de Bareiro y el resto de los miembros de la organización narcocriminal", aseguró el fiscal.
Iglesias insistió en la necesidad de no perder de vista que en el debate se está juzgando a un exjuez federal y a sus dos exsecretarios penales por cobrar dádivas, de forma sistemática, pagadas por grupos narcocriminales "para asegurarles a éstos impunidad".
"Esto lo hicieron de forma constante durante al menos durante siete años. Esto no es una exención de prisión mal otorgada o una conexidad no declarada. Esto es el cobro sistemático de sobornos a narcos para garantizar ese negocio millonario", añadió.
El representante del MPF aseguró que el funcionamiento ininterrumpido de esta organización narcocriminal asentada en Itatí, que tomó control absoluto de ese pueblo, introdujo al menos 20 toneladas de estupefacientes al país, sin sufrir mayores inconvenientes por estas maniobras.
Luego, resaltó que es "fundamental" entender que este entramado delictivo se pudo develar a partir de la conjunción de los elementos de prueba existentes en, al menos, 35 procesos seguidos contra distintos integrantes de la organización narcocriminal. "Juntar esos procesos, hacer un análisis integral de las pruebas colectadas y la firme decisión judicial de profundizar la investigación para abarcar los distintos eslabones de la organización criminal, incluido aquellos vinculados a la corrupción policial, del ejecutivo municipal e, incluso, del judicial, permitió llegar a este debate", detalló.
Iglesias destacó que las diversas investigaciones judiciales que existían sobre este grupo criminal y que tramitaban ante el Juzgado Federal N°1 de Corrientes no tenían avances significativos. "Era de dominio público que Itatí era un enclave estratégico de bandas que se dedicaban al contrabando de estupefacientes desde Paraguay", sostuvo.
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