Desde el 1º de octubre vuelve a la normalidad la actividad en la justicia chaqueña
El Superior Tribunal de Justicia, emitió una resolución y estableció que desde el 1º de octubre el servicio en la justicia retoma su actividad normal, dejando sin efecto el sistema de turnos web.
A través de la Resolución N° 816/2021, estableció los nuevos lineamientos para el funcionamiento del Poder Judicial a partir del 1° de octubre.
El STJ dispuso que el horario de prestación de funciones matutino será de 7 a 13 horas y el vespertino será de 15 a 21 horas.

Además deja sin efecto el sistema de turnos web y estableció que las personas se encuentran habilitadas a concurrir de forma presencial, debiendo los organismos organizar y controlar, conforme el principio de independencia funcional, estableciendo la forma, el horario y el modo de garantizar una adecuada y diligente atención, respetando estrictamente las medidas de bioseguridad vigentes.
Con relación a las audiencias, reuniones, entrevistas o cualquier otro acto que requiera la participación o concurrencia de personas podrán ser realizados de forma presencial, virtual o mixta, a criterio de la autoridad que los disponga, debiendo llevarse a cabo bajo estricto protocolo sanitario.
“Al respecto, el Superior Tribunal de Justicia entendió oportuno adecuar los lineamientos del funcionamiento del Poder Judicial, garantizando una razonable y actualizada prestación de la función judicial, pero además velando por la salud de sus agentes, de los auxiliares de la justicia, como también de los justiciables que concurren a los estrados, y de la ciudadanía en general”, señala el comunicado.
Según explica el organismo, estos lineamientos surgen a raíz de los informes de contagios y decesos del Ministerio de Salud de la Nación y del Ministerio de Salud de la Provincia del Chaco, y a los fines de garantizar un adecuado acceso a justicia y a la tutela judicial efectiva, a raíz de los planteos de los Colegios y Consejo de Abogados de toda la Provincia, y demás auxiliares de la justicia y pudiendo recién en el actual contexto sanitario habilitar la atención presencial, otorgando la organización y control, conforme el principio de independencia funcional, a cada organismo.
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