La decisión de adoptar
En todo el país se viven, con marchas y contramarchas, procesos de adopciones de niños, niñas y adolescentes que, por distintos motivos, no pueden recibir los cuidados necesarios en sus familias de origen.
La Convención de los Derechos del Niño señala que antes de considerar la adopción deben agotarse todas las posibilidades de revinculación, pero cuando eso no es posible entonces las familias dispuestas a adoptar son la mejor alternativa para garantizar la educación y los cuidados adecuados.
Adoptar es, sin dudas, un acto de amor, pero también de valentía que exige una enorme responsabilidad. Especialistas en la temática coinciden en señalar que la decisión de iniciar el largo proceso de la adopción es, en muchos casos, un paso decisivo en la vida de una persona o pareja, pero es mucho más importante para la persona que va a ser adoptada, ya sea un niño, una niña o adolescente.
Las leyes vigentes establecen que la adopción no es la solución para todos los casos de niñas, niños y adolescentes cuyas familias carecen de idoneidades para cuidarlos y educarlos en forma adecuada, sino solo para aquellos cuyo interés superior exige una solución permanente fuera de su núcleo familiar.
“No existen familias ideales, las únicas familias son las que se construyen cada día”, remarca una publicación elaborada por profesionales del Equipo Técnico de la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, y que está dirigida a personas interesadas en adoptar, conforme a lo que establecen las normas vigentes.
Se trata de una guía que resultará muy útil para los interesados en este tema, ya que ofrece una serie de orientaciones, criterios y elementos de reflexión que serán necesarios al momento de tomar la decisión de adoptar.
Los procesos de adopción llevan, por lo general, un tiempo de espera que para los interesados muchas veces puede resultar muy largo.
Por eso es necesario iniciar el camino con información como la que ofrece la guía mencionada y con una buena dosis de paciencia. Según datos oficiales, una de las características de estos procesos es que la mayoría de los adultos inscriptos para adoptar buscan bebés de hasta un año, pero la realidad muestra que la mayoría de los menores que se encuentran sin cuidados parentales tienen entre 6 y 17 años.
Otra arista de esta compleja cuestión es que solo un 15 por ciento de los adultos que se postulan para adoptar está de acuerdo con incorporar a la familia a un niño o adolescente con una discapacidad o enfermedad. Por esta razón, periódicamente se hace una convocatoria pública a la que se pueden presentar adultos dispuestos a adoptar.
Además, existe la web oficial Buscamos Familias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación donde se pueden ver los distintos perfiles y los datos de contacto de juzgados de las distintas provincias que llevan adelante cada uno de los casos.
Es importante recordar que la primera infancia, y especialmente el período que va desde el nacimiento hasta los 3 años, es una etapa muy importante y por eso se remarca que el ambiente en el que los niños van a crecer será un factor determinante para su desarrollo.
Esto es así porque en los primeros años el ser humano establece vínculos y recibe estímulos que le permiten adquirir las habilidades necesarias para relacionarse con su entorno y son la base de todo su desarrollo futuro.
Debe quedar en claro que, más allá de la buena voluntad que tenga la persona adulta que manifiesta su decisión de adoptar, la adopción no busca dar un hijo a los adultos sino brindar una familia al niño, niña o adolescente que la necesita.
Por otra parte, como señalan las asociaciones de la sociedad civil que promueven una adopción responsable, ser familia por adopción es posible cuando la disponibilidad adoptiva del adulto es compatible con las condiciones y necesidades de un niño, niña o adolescente al que el juez busca un entorno familiar adecuado.
El primer derecho que tiene un niño es el de crecer y desarrollarse en su familia de origen. La adopción, entonces, solo debe darse cuando los organismos de protección y la justicia comprueban que el niño no puede continuar en el ámbito familiar de origen.
Adoptar es, por supuesto, un acto de amor, pero también es una decisión que, ante todo, debe fundarse en el derecho del niño a vivir en familia.










