Ministerio Público: el Senado aprueba el proyecto de reforma
La norma fue girada a Diputados. Flexibiliza la designación del Procurador General de la Nación. La oposición votó en contra.
Buenos Aires, 27 (NA) - El oficialismo aprobó esta noche en el Senado y giró a Diputados el proyecto de reforma del Ministerio Público que flexibiliza la designación del procurador General de la Nación y reconoció que buscará remover al jefe de los fiscales interino, Eduardo Casal.

La iniciativa impulsada por el Frente de Todos fue aprobada con 42 votos a favor y 27 en contra por parte de Juntos por el Cambio y el Interbloque Federal.
La bancada oficialista justificó la baja de la mayoría para elegir al procurador con la eliminación del mandato vitalicio que rige actualmente, mientras aseguró que la situación de la Procuración es ‘irregular‘ y afirmó que ‘no se trata de Rafecas sí o Rafecas no, se trata de Casal sí o Casal no‘. El proyecto modifica las mayorías necesarias en el Senado para elegir al procurador general de la Nación y al defensor general, eliminando los dos tercios por la mayoría absoluta de los integrantes de la cámara alta.
A continuación, los principales puntos de la reforma:-Se dispone que la relación del Ministerio Público Fiscal de la Nación con el Poder Legislativo será por intermedio de la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control del Ministerio Público de la Nación.
- El informe que debe el Ministerio realizar de lo actuado por los órganos bajo su competencia deberá ser fundamentado públicamente por el procurador o procuradora general en sesión especial, alternándose cada año su presentación entre la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores.
-Se dispone que la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control del Ministerio Público de la Nación evaluará el informe presentado y emitirá las recomendaciones que estime corresponder.
-Se disminuye de 5 a 2 años el término por cual pueden ser nuevamente designados los magistrados y magistradas una vez que alcancen la edad de 75 años.
-Se establece que el procurador o procuradora general de la nación dura en sus funciones cinco años, pudiendo ser nuevamente designado en forma consecutiva por un único período a propuesta del Poder Ejecutivo Nacional y con nuevo acuerdo del Senado.
-El Procurador General de la Nación al momento de su designación no podrá superar los 75 años de edad.
-Se dispone que el procurador o procuradora general de la Nación sólo puede ser removido por razones de mal desempeño, crímenes comunes o delito en el ejercicio de sus funciones. El proceso de remoción podrá iniciarse por decisión fundada del Poder Ejecutivo Nacional comunicada a la Cámara de Diputados, o a solicitud de cualquiera de los miembros de la Cámara de Diputados.
-En ambos casos, para la acusación ante el Senado de la Nación, se requerirá la aprobación de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara.
-Asimismo, se establece que el Senado de la Nación juzgará en juicio público al procurador o procuradora general de la Nación acusado por la Cámara de Diputados.
-Se dispone que para la remoción del procurador o procuradora general de la Nación se requiere el voto de la mayoría de los dos tercios (2/3) de los miembros del Senado de la Nación.
-El Senado de la Nación podrá suspender al procurador o procuradora general de la Nación del ejercicio del cargo, mientras dure el proceso de remoción, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros.
-Los demás magistrados y magistradas que componen el Ministerio Público Fiscal de la Nación podrán ser removidos de sus cargos únicamente por el Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal de la Nación.
-El Tribunal de Enjuiciamiento será presidido por uno de los vocales en representación de la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control del Ministerio Público propuesto por la mayoría de esa comisión parlamentaria.
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