CARTA DE LECTORES
Violencia obstétrica: una problemática compleja
La violencia obstétrica es una de las seis modalidades de violencia contra la mujer y se encuentra conceptualizada en Ley 26.485. Es entendida como aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de la medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la ley 25.929. Relación desigual de poder como denominador común en las violencias
El rasgo común que aparece en todos los tipos de violencias contra las mujeres es que se encuentra basada en una relación desigual de poder y es esta asimetría la que genera conductas o patrones socioculturales que afectan a las mujeres en sus diferentes ámbitos de relación. La violencia obstétrica presenta además la particularidad que en su producción admite varios tipos de violencia: la simbólica, la física y psicológica. Panorama alarmante Otra de las cualidades que la caracteriza es que se encuentra normalmente invisibilizada, es recién en la segunda mitad del siglo XX y de la mano de los movimientos feministas que la problemática comienza a exponerse socialmente.

En este camino y respondiendo a los altos y progresivos índices de violencia obstétrica en el mundo, los cuales según la OMS (2014) plantean un panorama alarmante, surgen organismos de defensa, leyes de protección, programas de atención perinatal que promueven una experiencia de parto positiva, Instituciones basadas en el modelo de Maternidad Segura y Centrada en la Familia —la cual reconocen como los verdaderos dueños de casa a los padres y a sus hijos antes y después de nacer—, y entidades de difusión y visibilización como es el Observatorio de violencia obstétrica (OVO), mostrando de esta manera la multiplicidad de recursos protectivos que se desarrollan en relación con garantizar los derechos del nacimiento.
La normativa en nuestro país
En Argentina desde 2004 se sanciona y promulga la ley nacional 25.929 de Derecho de los padres y las personas recién nacidas: la provincia del Chaco en 2015 adhiere a esta norma a través de la ley provincial 2290-G otorgándole al Ministerio de Salud Publica el poder de autoridad para la aplicación de la presente.
Actualmente, se encuentra en vías de tratamiento el proyecto de ley provincial 336/ 2020 de Violencia Obstétrica, de valioso contenido y con una impronta novedosa propone la incorporación de pautas culturales en la asistencia, la posibilidad de la creación de un observatorio de violencia obstétrica local, el acompañamiento terapéutico a víctimas de violencia y la capacitación a profesionales de la salud entre otros.
Una problemática compleja
Como se puede observar el atributo por excelencia que define esta problemática es su complejidad, como así también las múltiples variables que se ponen en juego en su producción y las diferentes manifestaciones dependiendo de la percepción de cada uno de los actores.
Considero que la violencia obstétrica requiere, por su condición, un abordaje multidisciplinar —desde el enfoque de derecho, institucional, cultural, psicológico— que comprometa a todos los actores tanto profesionales como personas gestantes y sus familias, en un diálogo mancomunado para la construcción de nuevas formas de atención al nacimiento.
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