Continuarán las restricciones del aislamiento social hasta mayo
El gobernador anticipó rondas de consultas con municipios que no registran contagios. No se admitirá la salida de 500 metros.
El gobernador Jorge Capitanich brindó detalles anoche sobre la situación epidemiológica por coronavirus en la provincia y oficializó la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por decreto 534/20 hasta el 10 de mayo próximo.

El mandatario aclaró, sin embargo, que en la provincia se desaconseja la salida a 500 metros de los hogares, salvo en los casos de personas con discapacidad.
Capitanich explicó en conferencia de prensa junto a la vicegobernadora Analía Rach Quiroga, los alcances de las medidas tomadas para esta tercera etapa del aislamiento obligatorio. ‘Seguimos cuidando a las personas que conforman grupos de riesgo con su consentimiento, principalmente a adultos mayores, personas con patologías de base, personas con discapacidad que conforman el grupo de riesgo y embarazadas‘, señaló el primer mandatario.
El gobernador inició con el informe epidemiológico en el que detalló que se realizaron 2.641 reportes, de los cuales se descartaron 2060 casos, hay 283 en estudios y 298 confirmados. De estos últimos, 91 personas se recuperaron, 195 casos se encuentran activos y hay 12 personas fallecidas (ver página 3).

Además dio un análisis de la curva epidemiológica de la provincia, en la que explicó que la tasa de duplicación de casos es de 32 días, y la tasa de contagios de 2,2%, los valores más bajos de la serie estadística hasta el momento.
‘En marzo la tasa era de 1 o 2 días. A ese ritmo, sin un programa de aislamiento preventivo, el sistema sanitario hubiese colapsado en 30 días‘, señaló Capitanich, quien detalló además que ‘desde el 23 de marzo hubo un primer quiebre de tendencia. Y desde el 15 de abril se manifiesta un incremento en la tasa de duplicación de casos. Al inicio de esta situación la tasa de contagio era del 35%‘.
RIGUROSO CONTROL SOCIAL
De esta forma, el primer mandatario ratificó la suspensión de clases de todos los niveles educativos, continuando con la plataforma ELE como método de sustitución de clases. También extendió la prohibición de eventos culturales, sociales, deportivos y aquellos que impliquen aglomeración de personas y seguirán las restricciones en el ingreso y egreso de la provincia para lo cual continuarán los puntos de control limítrofes provinciales.
Asimismo, continúa la suspensión de actividades administrativa, para ello sigue en receso la Administración Pública, institutos, organismos centralizados y descentralizados, todos cumpliendo con las guardias mínimas, excluyendo a las áreas consideradas esenciales ante esta pandemia.
Además de la prohibición de las aperturas de centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado interurbano, interjurisdiccional e internacional.
A lo ya establecido, se suma la obligatoriedad del uso de barbijo o tapabocas en todos los espacios públicos. Así como también se ratifican las medidas adoptadas por la provincia del Chaco en el Decreto N°449/2020 y su anexo ‘Protocolo de contingencia víctima asistencial para prevenir, controlar y minimizar riesgos en casos de violencias en razón de género en el marco del aislamiento social preventivo obligatorio‘.
SITUACIÓN ACTUAL DE CASOS DE COVID-19 EN LA PROVINCIA
SOLO CASOS ESPECIALES
En sintonía con las medidas adoptadas por el gobierno nacional, el Chaco autoriza la circulación con un acompañante a las personas con discapacidad certificada por el Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. El radio en el que se autoriza su movilización es 500 metros de su domicilio.
Se autoriza trasladar a los niños, niñas y adolescentes al hogar de la o el tutor que tenga la autorización judicial haciendo cumplir el derecho a la visita.
Ello se hará dentro de los horarios habilitados y bajo las condiciones de seguridad sanitarias dispuestas. Sin embargo, quedan excluidos de dicha autorización los casos que impliquen desplazamientos entres distintas localidades.
En los casos de familias monoparentales, el tutor o la tutora podrá trasladarse junto al menor hacia el domicilio de aquellas personas que pudieren asistirle en su cuidado por las causas establecidas en el artículo 6º del Decreto 297/2020 o razones de fuerza mayor.
Por otro lado, se establece el uso obligatorio de protectores faciales transparentes para al menos un agente en todos aquellos lugares en que exista atención al público, a efectos de facilitar su visualización y lectura labial para comunicarse con personas hipoacúsicas o que padezcan pérdida o disminución auditiva, como casos especiales.











