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La lista vigente de trabajos y de actividades esenciales

Cuáles son las personas que por su rubro o profesión están exceptuadas de tramitar el certificado único para circulación.

La Jefatura de Gabinete fijó que el personal considerado esencial (decreto 297/2020) está exceptuado de tramitar el certificado único habilitante.

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El transporte público es uno de los rubros exceptuados. En varias líneas de colectivos urbanos e interurbanos choferes e inspectores toman medidas de protección a su alcance.

La lista está compuesta por las siguientes áreas:

- Salud, fuerzas de seguridad y armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control aéreo.

- Autoridades superiores nacionales, provinciales, municipales, y trabajadoras y trabajadores convocados para garantizar actividades públicas esenciales.

- Servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

- Personal diplomático y consular extranjero (Convención de Viena) y de organismos internacionales acreditados, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

- Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

- Quienes deban atender una situación de fuerza mayor.

- Que atienden comedores escolares, comunitarios y merenderos.

- Personal de servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

- Vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

- Telecomunicaciones, Internet fija y móvil y servicios digitales.

- Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

- Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

- Provisión de servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones) y atención de emergencias.

- Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

- Servicios postales y de distribución de paquetería.

- Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y que el Banco Central disponga imprescindibles para el sistema de pagos.

Se exceptúa de tramitar el certificado único a quienes deban desplazarse por casos de fuerza mayor, aunque deberán acreditarlo.

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El movimiento en el microcentro de Resistencia crece, especialmente de lunes a viernes y por la mañana.

Quiénes deben tramitar permisos para circular según el tipo de servicio

Las personas que sí deben realizar el certificado único habilitante para la circulación son las siguientes:

- Quienes estén afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. Y aún en esas circunstancias, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

- Personal afectado a la construcción o ejecución de obra pública.

- Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas en barrios o de proximidad.

- Farmacias, ferreterías, veterinarias, distribución y provisión de garrafas.

- Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

- Servicios de lavandería de ropa.

- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

- Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de yacimientos de petróleo y gas, plantas de tratamiento y/o refinamiento de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

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