Condenan a Aníbal Fernández por “abuso de poder”
La Cámara de Casación ratificó la condena contra el exministro de Justicia (2008) Aníbal Fernández por sus ataques contra el docente José María Escobar, militante del Partido Obrero.

El exjefe de Gabinete de Cristina Fernández de Kirchner, nombrado interventor de la mina de Río Turbio por el gobierno de Alberto Fernández, deberá indemnizar a Escobar “por acusarlo falsamente” de haber incendiado una formación del ferrocarril Sarmiento en 2008.
Los hechos
El 4 de septiembre de 2008 a primeras horas de la mañana una formación ferroviaria descarriló en la estación Castelar. Tras una larga espera, cientos de pasajeros bajaron y comenzaron a atacar la estación, la locomotora y los mismos vagones, algunos de los cuales terminaron quemados. Por la tarde, Fernández, entonces ministro de Justicia y Seguridad del gobierno de Cristina Kirchner, y el fiscal Carlos Stornelli, entonces ministro de Seguridad de la provincia de Buenos Aires, donde ocurrieron los hechos, dieron una conferencia de prensa en la Casa Rosada.
Allí ambos funcionarios mostraron fotos de lo ocurrido y denunciaron “un sabotaje del Partido Obrero”. Fernández justificó el señalamiento acusando a José María Escobar de incendiar los vagones con un pullover embebido en combustible. “La gente que está presente es la que dice que esta persona es la que se quita un buzo, lo mete dentro de un balde, lo prenden fuego, cuando el buzo prendió fuego lo tiran adentro con eso y comienza el incendio de los siete vagones”, dijo Fernández. Los detalles aportados fueron precisos, a pesar de lo cual Escobar ni siquiera fue citado a declarar.
Escobar presentó una demanda contra el ministro y el estado nacional por 1.500.000 pesos por daño moral. Argumentó que su nombre, sus datos personales y su imagen fueron difundidos por varios medios de comunicación tras la conferencia del ministro y que ni él ni ningún integrante del Partido Obrero fueron detenidos ni acusados judicialmente. Afirmó que Fernández lo acusó sabiendo que la imputación era falsa y que un funcionario público no puede usar su cargo para calumniar públicamente a una persona.
Primera instancia
En marzo de 2019, Alicia Pérez, jueza civil y comercial federal de primera instancia, consideró que “No se encuentra probado, ni tampoco se infiere, que el Sr. Escobar haya prendido fuego un buzo y lo haya arrojado; además, no fue imputado en la causa penal iniciada como consecuencia de lo acontecido”. La magistrada señaló que de la prueba que aportó Fernández “sólo surge que el Sr. Escobar se encontraba presente en la estación Merlo, con un megáfono en la mano y rodeado de manifestantes con elementos de percusión y pancartas”.
La jueza sostuvo que Fernández no pudo probar las acusaciones vertidas en la conferencia de prensa: “Quien invoca un hecho tiene la carga procesal de demostrarlo, obligación que pesa sobre el que afirma. La mencionada carga es una circunstancia de riesgo que consiste en que quien no acredita los hechos que debe demostrar, pierde el pleito”, explicó, al condenar a Fernández a indemnizar con 50 mil pesos a José María Escobar “por haberlo acusado falsamente”. Durante el proceso, Fernández había asegurado que “la información suministrada provenía de fuentes policiales y judiciales”.
Segunda instancia
Ahora, Casación consideró que Fernández incurrió en “abuso de poder”, porque no se trata de una difamación, sino del uso del poder del Estado para difamar, sin que la otra parte tenga posibilidad de utilizar recursos iguales para refutar. La injuria deja de ser un arma de lucha política cuando se pone al aparato estatal y a los medios de comunicación al servicio de una de las partes.
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