Una ley que facilita el trasplante de órganos
La Cámara de Diputados de la Nación dio sanción definitiva al proyecto de la llamada “ley Justina‘”, que establece que todos los argentinos mayores de 18 años son donantes de órganos o tejidos, salvo que en vida dejen expresa constancia de lo contrario. De esta manera, se puso en marcha un cambio de paradigma que, se espera, servirá para dar una respuesta más efectiva a la larga lista de pacientes que se encuentran en espera de un trasplante para salvar su vida.
La elaboración del proyecto se basó en el caso de Justina Lo Cane, una niña de 12 años que estaba internada en la clínica de la Fundación Favaloro, esperando un trasplante de corazón. Pero el órgano nunca llegó y en noviembre pasado la vida de la pequeña se apagó. El caso tuvo una enorme trascendencia en medios de todo el país, que siguieron de cerca el duro proceso que vivió la familia Justina mientras esperaba un donante.
Según los datos que maneja el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai), el organismo que coordina y fiscaliza las actividades de donación y trasplante de órganos, tejidos y células en nuestro país, hay 7.717 personas que necesitan un trasplante para salvar su vida en este momento. La misma fuente indica que fueron 699 los trasplantes realizados en lo que va de 2018, mientras que 289 es el número de personas que donaron sus órganos en ese mismo período. Si bien en los últimos años el trasplante de órganos se ha consolidado como tratamiento médico para dar respuesta a determinadas patologías, la cantidad de donantes no ha acompañado esa evolución. A diferencia de otras prácticas médicas, el trasplante requiere de la participación y el compromiso de la sociedad. Por eso es importante que la ciudadanía sepa que el sistema de salud argentino cuenta con profesionales médicos altamente capacitados y con centros sanitarios adecuados para llevar a cabo este tipo de intervenciones. También debe saberse que, como explicaron los legisladores, la contribución fundamental del nuevo marco legal es que se invierte el proceso por el cual las personas pasan a integrar el registro de donantes. Así, al crearse la figura del “donante presunto”, ya no será necesario dejar voluntad expresa por la afirmativa, ya que la nueva ley establece que se garantiza la posibilidad de realizar la ablación de órganos o tejidos sobre toda persona capaz mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la extracción de sus órganos o tejidos. Cabe aclarar que en los casos de menores de edad, la norma dice que “se posibilita la obtención de autorización para la ablación por ambos progenitores o por aquel que se encuentre presente”. Por otra parte, la ley incorpora avances como la definición de los derechos de donantes y receptores, la creación del Servicio de Procuración en los hospitales públicos y privados, el establecimiento de las funciones del Incucai y de los requisitos que deben cumplir los profesionales y los establecimientos médicos, y la fijación de penas y sanciones en los casos que corresponda.
Pero más allá del cambio de paradigma, es importante que se continúe informando con claridad y generando conciencia en la población para que se dejen de lado temores infundados. La comunidad debe estar tranquila respecto a la equidad y la transparencia que caracterizan al sistema de donación y trasplante de órganos. Por otra parte, debe coincidirse con lo señalado estos días por las autoridades del Cucai Chaco respecto a que la llamada ley Justina viene a ratificar el compromiso de un país en el que la mayoría de la población sabe que la donación de órganos permite salvar vidas.










