ATE celebró el fallo judicial que obliga a retomar las paritarias para discutir salarios y condiciones laborales
Tras la presentación del amparo colectivo que realizó el Sindicato ante el Poder Judicial, se reanudarán las negociaciones paritarias en un plazo máximo de 40 días hábiles.
ATE Chaco obtuvo un avance clave en la Justicia al conseguir que el Gobierno sea forzado a reabrir la negociación paritaria, ante el grave deterioro de los salarios de las y los estatales. El Gobierno debe llamar en máximo 40 días hábiles.
La disposición judicial en torno al amparo colectivo que presentó el Sindicato en conjunto con todo el arco sindical chaqueño ordenó al Poder Ejecutivo Provincial a que convoque a la Mesa salarial para mejorar las condiciones laborales de las y los trabajadores.

Al respecto el secretario General de ATE Chaco, Isaac Chaparro, expresó: "Celebramos esta acción colectiva que busca volver a revitalizar espacios conquistados por las y los trabajadores para la defensa de sus derechos".
Mediante la resolución emitida el miércoles 2 de septiembre de 2026, el Juzgado a cargo de Sergio Andrés Bosch dispuso la reanudación de las negociaciones paritarias y estableció los plazos perentorios para la convocatoria por parte de la patronal, bajo apercibimiento de conducta temeraria.
La disposición se definió en el marco de la acción de amparo colectivo impulsada por la Asociación de Trabajadores del Estado Chaco en conjunto con todo el arco sindical. Por eso se llevó a cabo la audiencia judicial correspondiente, en la cual se acordó la agenda que conformará la futura negociación colectiva.

Desde la entidad sindical explicaron: "entre los ejes temáticos que se llevarán a la instancia de negociación se destacan el reclamo por una urgente actualización salarial; el pago y actualización de bonificaciones previstas en el escalafón general; el tratamiento de instrumentos normativos que se encontraban suspendidos, entre ellos, la regularización del Decreto 3639/2023.2; lograr mecanismos transparentes para promociones y ascensos bajo el régimen de carrera horizontal, así como la renegociación de la reglamentación y vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT); relevar las condiciones de trabajo, la identificación de riesgos, la realización de controles médicos periódicos, la actualización de los planes de evacuación y la implementación de un programa de prevención y erradicación de la violencia laboral; e implementar un plan anual de formación para el personal".
Es importante resaltar que la Justicia intimó formalmente al Gobierno a convocar a la mesa de negociación colectiva en un plazo de 15 días hábiles para fijar fecha, y estableció otros 40 para el inicio efectivo de las reuniones, a partir de la firma del acta.
Finalmente, dejó expresa constancia de que el incumplimiento de dichos plazos será considerado como una actitud temeraria frente a la negociación colectiva, circunstancia que será valorada al momento de dictar sentencia definitiva.
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