El Colegio de Abogados destacó que la Cámara Civil y Comercial acatara la nueva Ley de Honorarios
La Sala 4 de la Cámara Civil y Comercial del Chaco modificó su postura y resolvió aplicar la Ley 4228-C de Honorarios Profesionales, luego de que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) dejara sin efecto el criterio que había sostenido durante meses respecto de la normativa.
La decisión fue celebrada por el Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial. Su presidente, José René Galassi, destacó que la aplicación de la ley permite avanzar hacia reglas más claras para los profesionales de la abogacía y aporta previsibilidad a las regulaciones de honorarios dentro de los procesos judiciales.
El conflicto se había generado a partir de la interpretación que la Sala 4 mantenía sobre el artículo 3 de la Ley 4228-C, cuya constitucionalidad había sido cuestionada por los camaristas. Esa postura había generado incertidumbre en torno a la manera en que debían regularse los honorarios profesionales y sumó tensión dentro del ámbito judicial chaqueño.
Con la nueva resolución, la Cámara acató la jurisprudencia establecida por el máximo tribunal provincial y avanzó con la aplicación de la normativa vigente.

Galassi consideró que el camino recorrido hasta llegar a esta instancia implicó un desgaste innecesario para el sistema de justicia. "La resistencia previa implicó un desgaste innecesario para el servicio de justicia, pero este paso ordena el sistema y brinda previsibilidad", sostuvo el titular del Colegio de Abogados.
Desde la entidad profesional remarcaron que la aplicación plena de la Ley 4228-C tiene impacto tanto en la retribución de los abogados como en la seguridad jurídica de quienes intervienen en los procesos judiciales. En ese sentido, señalaron que contar con criterios uniformes permite evitar interpretaciones contradictorias y facilita el normal funcionamiento de la Justicia.
Para el Colegio, la resolución de la Sala 4 representa además un paso importante para consolidar la vigencia de la nueva legislación y reafirmar el respeto por los criterios fijados por el Superior Tribunal de Justicia.
El cambio de postura pone así fin a una etapa de discusión dentro de la Justicia chaqueña y establece un nuevo escenario para las regulaciones de honorarios profesionales, con la Ley 4228-C como marco de aplicación.













