A 173 años de la sanción de la Constitución Nacional
La Constitución Nacional, cuya sanción se recuerda el 1° de mayo, es fruto de un proceso que hunde sus raíces en el pasado histórico. Sus disposiciones alumbraron la formación de un Estado nuevo, con población, territorio y gobierno.
El paso de los años nos permite reivindicar el accionar de las provincias fundantes, que fueron las defensoras de las autonomías locales, y reconocer que el congreso constituyente no fue un hecho aislado.

Cuatro décadas separan la sanción de la Constitución del nacimiento de la patria. Confrontaciones internas atravesaron la escena del territorio, dejando atrás ensayos y aprendizajes institucionales e intentos aristocráticos y unitarios como en 1819 y 1826.
La Constitución de 1853 tenía originalmente 110 artículos divididas en una parte dogmática con declaraciones, derechos y garantías y otra, orgánica, sobre la organización del Estado, precedidas, ambas, por un Preámbulo -calificado por Sarmiento como "[su] gran portada"-.
Los Tratados
Todos los pactos interprovinciales precedentes tenían por objeto la unidad de la Nación y la unión fraternal de las provincias. En ellos, siempre el propósito fue mantener intacta la integridad de la Nación. El Tratado del Pilar de 1820, el Tratado del Cuadrilátero de 1822, el Pacto Federal de 1831 y el Acuerdo de San Nicolás de 1852 contemplaban, en trazos generales, alianzas de amistad y defensa, de paz y cooperación, libre tránsito, navegación y comercio. Entre acuerdos y batallas, entre ideas federales y unitarias, se fue demorando la convocatoria al Congreso general.

En ese proceso, reviste especial significado el Pacto Federal del 4 de enero de 1831 suscripto por los gobiernos de Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos y, más tarde, Corrientes. Regiría por 21 años y serviría de base fundamental para la convocatoria del congreso constituyente, que se demoró hasta el Pronunciamiento que Urquiza hiciera desde Concepción del Uruguay el 1 de mayo de 1852.
En este sentido, debe mencionarse, además, la batalla de Caseros del 3 de febrero de 1852 que conduce al Acuerdo de San Nicolás como base angular de la Constitución de 1853.
Las reformas
Reformas del texto original se produjeron en 1860,1866,1898,1949, 1957, 1972 y 1994, pero los objetivos preambulares y los derechos y garantías consagrados han llegado hasta el presente. La reforma de 1860 fue la culminación del proceso iniciado en 1853 y permitió que dos expresiones soberanas, después del Pacto de San José de Flores, la Confederación, por una parte, y Buenos Aires, por la otra, plasmaran la voluntad definitiva de la integración para constituir la unión nacional.
Las reformas fueron unas más trascendentes que otras. La de 1949 fue abrogada por la fuerza de la autodenominada "Revolución Libertadora"; la de 1957, sancionada por un gobierno de facto, incorporó el art. 14 bis; la de 1972, impulsada por otro gobierno similar, fue dejada sin efecto, primero, por la última dictadura militar en 1976 y, luego, porque no fue ratificada por los poderes constitucionales dentro del tiempo que se había fijado al efecto (24/5/1981). Todas ellas, no obstante, constituyeron un valioso aprendizaje para la sociedad argentina, hasta el punto culminante que constituyó el proceso de reforma constitucional de 1994.
El Pacto de Olivos y la Reforma de 1994
Después del llamado Pacto de Olivos, que reuniera al presidente Carlos Saúl Menem y al expresidente Raúl Alfonsín, el Congreso Nacional sancionó la ley 24.309. En ella, se declaraba la necesidad de la reforma parcial de la Constitución de 1853 con las reformas de 1860,1866,1898 y 1957, dotándose de un marco de legalidad al núcleo de coincidencias que acordaron ambas fuerzas políticas.
Según el constituyente Alberto García Lema, la historia reformadora, por una suerte paradojal, hace que se registren "tres diciembres", separados entre sí por lapsos de diez años. El primero, corresponde a 1973 cuando el presidente Perón, en su tercera presidencia, recibe a Ricardo Balbín para consensuar una reforma constitucional. El segundo, al comienzo del gobierno de Alfonsín, en diciembre de 1983, que pone en debate el tema, y el tercero, en diciembre de 1993, con la ley 24.309, fruto del Pacto de Olivos.
Es preciso reconocer que los constituyentes de 1994 introdujeron importantes normas, reglas, principios y valores vinculados con el régimen federal y las garantías individuales. Entre los aspectos abordados podemos señalar los tres órdenes de gobierno -orden nacional, provincial y municipal- el reconocimiento de las autonomías municipales y a nuestros pueblos originarios, la defensa del medio ambiente, la elección directa de los senadores -y la incorporación de un tercer senador por la primera minoría-, la reducción de mandato presidencial a cuatro años y a seis de los senadores, la incorporación del Consejo de la Magistratura, la posibilidad de una reelección inmediata para los mandatos de Presidente y vicepresidente, la constitucionalización de diferentes tratados de derechos humanos, la incorporación de la figura del defensor del pueblo, entre otros.
El pueblo no debe olvidar que la Constitución es un legado de sacrificios y de glorias, consagrado por nuestros mayores, que dio cuerpo y espíritu a nuestra patria. Como se ama la tierra nativa y el hogar, debe fomentarse el amor a la Carta Magna que nos engrandece. Como estatuto garantiza y regula las relaciones y los derechos de los hombres que viven en la República tanto en tiempo de paz como en tiempos de guerra y sirve de freno a la anarquía y al despotismo. El Congreso de la Nación dictó el 4 de diciembre de 2003 la ley 25.853 que estableció el 1° de mayo como día de la Constitución Nacional -en recuerdo a la fecha de sanción de la Constitución que, con sus reformas, tiene vigencia-. En ese marco, y a cincuenta años del último golpe de estado, debemos seguir trabajando para que Nunca Mas se interrumpa el estado de derecho en la sociedad argentina.
(El autor es abogado y miembro de número de la Junta de Estudios Históricos del Chaco)










