El valor supremo de la vida humana
Señor director de NORTE:
En el orden mundial de los últimos años surgieron elevados avances científicos que sirvieron para revelar el valor supremo de la vida humana. Junto a ellos aparecieron ideologías tendientes a exacerbar el individualismo, la belleza corporal, los progresos económicos y placenteros y, en su desmedido afán, generaron una corriente atentatoria a la vida naciente, a la discapacidad, a los minusválidos y a la ancianidad, considerándolas personas disvaliosas. ¡Qué contradictorio!, pues mientras la ciencia demostraba inequívocamente que la vida humana se iniciaba en la fecundación del gameto femenino por el masculino, y se constataba mediante filmaciones con nanocámaras su evolución diaria y la división celular, así como su implantación en el útero materno y posterior desarrollo, la otra corriente, eminentemente individualista, aniquilaba las conquistas científicas desconociendo la existencia de la vida humana comprobada.
Hoy prevalece la idea del "yo supremo", rechazando todo aquello que frustre las conquistas personales, económicas, sociales o profesionales; por ello, el embarazo molesta, el discapacitado frustra el logro de los planes personales, los enfermos y ancianos constituyen una carga significativa para la familia, de quienes hay que desprenderse, cuanto antes.
Sin desconocer la hipocresía de estas corrientes, en aras de una pacífica tolerancia, conviven en la sociedad ambas posiciones, la científica y la individualista, aunque los medios elegidos para el logro de los fines muchas veces resulten violentos, inescrupulosos y atentatorios del respeto a la Vida Humana del "otro", en pos del bienestar económico y los logros personales.
Ocurre que ambos extremos son inconciliables. Es imposible estar a favor de la vida humana y, por otro lado, aniquilarla, abortarla, con métodos muy sofisticados.
Estamos tal vez en los albores de la tercera guerra mundial; sin embargo, olvidamos los principios fundamentales estatuidos por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, suscripta entre los países aliados en Francia en 1948, consagrando precisamente la vida, como el derecho Humano más valioso.
Nuestro país no quedó al margen de las corrientes favorables al aborto, y en la búsqueda de competencia innovadora, se dictaron leyes que lo promocionan, lo regulan, lo planifican, le fijan plazos de gestación de 12 semanas, como también en otras supuestas circunstancias, (por ejemplo, por abusos sexuales, que no exigen otra comprobación que los dichos de la gestante) en cuyo caso, se amplía ese límite temporal, justificándose así que un bebé sea aniquilado dentro del vientre materno y arrojado al cesto de residuos patológicos.
¿Qué derecho le asiste a la mujer -por más madre que sea- para decidir cómo, cuándo y dónde le pondrá fin a la existencia a esta nueva, única y distinta persona humana, que no pidió ser engendrado, cuya vida es tan valiosa como la suya?
El 10 de diciembre de 1948, luego de la trágica experiencia de la Segunda Guerra Mundial, las Naciones Unidas reunidas en Asamblea General adoptaron y proclamaron en Francia la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Con ella reprobaban las torturas, los vejámenes, los experimentos humanos y las cruentas muertes provocadas por motivos raciales, religiosos o de nacionalidad. A esta declaración universal adhirieron la mayor parte de los países del mundo, también lo hizo nuestro país. Ella sentó las bases de que todo atentado contra la vida sin discriminación de edad o situación, constituye una ofensa a los Derechos Humanos. (Art. 1° sostiene: "Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción de raza, sexo, religión..., posición económica, nacimiento o cualquier otra condición", Art. 3°: "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona". Art. 25: "La maternidad y la infancia tienen derechos a cuidados y asistencia especiales".
Más tarde, la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959 sostuvo que: "El niño por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento".
Nuestro país adhirió a estos tratados y convenciones Internacionales, y a muchos más, y en la reforma constitucional de 1994 (art 75 inc. 22) incorporó once de ellos, acordándoles fuerza y jerarquía constitucional, aunque las leyes de fondo como el Código Civil de Vélez Sarfield (Art. 63, 70 y otros) ya protegían la Vida naciente desde la concepción (fecundación en términos médicos) y el Código Penal: Art 85, 86, 86 y 88 prohibían el aborto fijando el principio inalienable del respeto hacia la vida del otro.
No obstante ello, en la Argentina rige la ley N° 27610, que autoriza el aborto, conculcando los principios y valores que enseñan el derecho, la ciencia médica y la bioética, como disciplina contemporánea, tratando esta última de imponer un freno al avasallamiento de los derechos humanos, violentados en gran parte por los poderes del Estado. Es que esta ley no solucionó nada a las madres que cursan un embarazo no buscado, no dio respuestas a su estado de vulnerabilidad, la que puede deberse a distintos motivos, no sólo al económico. Por el contrario, podemos afirmar que esta norma contribuyó a empeorar la situación.
Los legisladores que la apoyaron saben a conciencia que han dictado una sentencia de muerte para un ser humano, una persona humana, inocente, que no pidió ser concebida, que no podrá ser escuchada, ni defendida.
Muchos de ellos parecen desconocer el plexo constitucional histórico de nuestro país, y movidos por estas ideologías, y/o abrigando propios intereses, "crean derecho", transgrediendo todas las normas constitucionales protectorias de la vida humana.
Es bueno recordar que el 25 de marzo de 1999 se celebró por primera vez en nuestro país el Día del Niño por Nacer, instituido por el decreto 1406/98.
Se fijó esta jornada, precisamente por celebrarse en esta misma oportunidad, el día de la "Encarnación" en la Virgen María, respetándose la fe Cristiana, que fuera sostenida constitucionalmente por el Estado Nacional.
Con ella se pretendió restablecer en la sociedad la cultura de la vida, aniquilada en los últimos tiempos por campañas publicitarias, legislativas, y gubernamentales propiciando el ataque al niño concebido y a sus derechos, para contrarrestar la tendencia de eliminar a los más indefensos, precisamente al "no nacido", a sabiendas de que, logrado ese primer objetivo, seguirán por más, como deficientes, inválidos, discapacitados y ancianos.
No puede desconocerse que la Fundación Rockefeller o la I.P.P.F (Federación Internacional de Planificación de la Familia) que cuenta con 109 asociaciones miembros que están activas en más de 130 países, y cubren el 95% de la población mundial, con su extraordinario poder económico, han logrado imponer el aborto como control de población mundial (excluidos los asiáticos que imponen sus propias normas).
Europa hoy paga las consecuencias de estos crímenes, con ciudades despobladas y abandonadas, plazas sin niños, con índice de natalidad inferior a 2,1 por familia, hasta Rusia esta conmovida por el descenso de la natalidad pues peligran los fondos para sostener los sistemas previsionales (jubilaciones). Idéntica situación sufren muchos países del mundo frente a la despoblación, invitando a extranjeros, ofreciéndoles trabajo, vivienda y beneficios por nacimientos.
Nuestro país no está ajeno a esto, por lo que urge derogar la Ley 27610, sin perjuicio de exigir a los ciudadanos el deber de ejercer sus derechos reproductivos con responsabilidad, sin atentar contra la vida del otro.
Hoy, según datos estadísticos, hay más muertes por aborto que nacimientos, la despoblación se hará visible, peligran el trabajo, los salarios, los sistemas previsionales, ante la comprobada disminución de jóvenes aportantes.
Quien legisla debe tener presente que lo hace para hoy, pero previendo el futuro de millones de argentinos a quienes debe beneficiar con la ley, incluyendo entre estos a sus propios hijos y nietos, no sea que la norma jurídica se convierta en un "boomerang," y en el futuro resulten víctimas de la legislación dictada por sus propios padres.
El principio bioético del "no dañar" (primun non nocere) cobra fuerza y vigencia frente al despojo de ciertos derechos individuales, que en aras del progresismo han sido aniquilados. Nos referimos especialmente a aquellos destinados a proteger la vida humana desde la concepción, a la muerte natural, pues nadie tiene el derecho de disfrazar la ley para que el acto criminal "aparezca" como derecho y le autorice a disponer de otra u otras vidas.
La vida humana es el primer derecho humano y es indisponible.
Ethel Martinazzo
(Mat 755 F 167 T III STJCH)
Clelia Ávila
(Escribana Tít. Reg. N° 4)
Ermelinda Beda Jofre
(Abogada, magíster UNNE)
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