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Sobre la baja en la edad de imputabilidad

La seguridad no se construye ampliando el poder punitivo

Penalizar a edades cada vez más tempranas no soluciona el problema de fondo: lo desplaza hacia los sectores más vulnerables.

Como abogado penalista, considero que la baja de la edad de imputabilidad en la Argentina es una respuesta jurídicamente incorrecta y socialmente ineficaz frente al problema del delito juvenil.

El derecho penal no puede utilizarse como herramienta para compensar el fracaso previo del Estado en materia de educación, salud, contención social y políticas de infancia. Penalizar a edades cada vez más tempranas no soluciona el problema de fondo: lo desplaza hacia los sectores más vulnerables.

La baja de la edad de imputabilidad

no reduce el delito

Desde una perspectiva estrictamente jurídica, la imputabilidad penal no es una cuestión meramente cronológica. La capacidad de culpabilidad es progresiva, y cualquier intervención punitiva debe ser excepcional, proporcional y respetuosa del principio de última ratio. Bajar la edad sin modificar el sistema penal juvenil implica aplicar respuestas penales adultas —o casi adultas— a niños y adolescentes, en abierta contradicción con la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos.

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La experiencia demuestra que la cárcel no resocializa a los adultos; mucho menos a los menores. El contacto temprano con el sistema penal produce estigmatización, reincidencia y violencia institucional, consolidando trayectorias delictivas que podrían haberse evitado con intervenciones tempranas no penales.

Además, la baja de la edad de imputabilidad no reduce el delito, pero sí incrementa la selectividad del sistema penal: siempre caen los mismos. Jóvenes pobres, sin acceso real a derechos básicos, que terminan siendo responsabilizados penalmente por un Estado que los abandonó antes.

No se trata de negar la existencia de delitos graves cometidos por menores, ni de desconocer el dolor de las víctimas. Se trata de entender que el castigo temprano no es justicia, sino una respuesta simplista que agrava el problema que dice combatir.

La verdadera discusión jurídica debería centrarse en la derogación de la obsoleta Ley 22.278 y en la creación de un régimen penal juvenil moderno, con responsabilidad progresiva, garantías reforzadas y medidas socioeducativas reales, reservando la privación de libertad para supuestos verdaderamente excepcionales.

Como abogado penalista, sostengo que bajar la edad de imputabilidad no fortalece el sistema de justicia: lo debilita. La seguridad no se construye ampliando el poder punitivo, sino cumpliendo la Constitución y fortaleciendo las políticas públicas que el Estado ha postergado durante décadas.

(El autor es abogado - M.P. 6361)

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