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Tarifas eléctricas: amparo colectivo llegó a la Cámara Federal de Apelaciones

El abogado Jose Rene Galassi indicó que ahora este tribunal deberá definir la competencia del reclamo judicial. Hubo planteo de jurisprudencia.

Un grupo de usuarios del servicio eléctrico de Secheep presentó un amparo colectivo, el cual sufrió un primer revés en el Juzgado Federal de Feria, a cargo de la jueza Zunilda Niremperger, quien se declaró incompetente territorialmente y ordenó la remisión del expediente al Juzgado de Sáenz Peña. El recurso fue apelado, por lo que la Cámara Federal de Resistencia deberá definir la competencia.

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Un grupo de usuarios del servicio eléctrico presentó un amparo colectivo contra las tarifas.

El abogado patrocinante, José Rene Galassi apeló la resolución dictada el 17 de julio de 2025 y solicitó la habilitación de la feria judicial para tratar con urgencia tanto la apelación como la medida cautelar presentada, al invocar el principio de tutela judicial efectiva, conforme al artículo 43 de la Constitución Nacional.

La acción colectiva cuestiona las resoluciones tarifarias dictadas por la Secretaría de Energía de la Nación, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Enre) y Cammesa, que si bien fueron emitidas en la CABA, tienen efectos directos en Resistencia a través de las facturas emitidas por Secheep, distribuidora provincial también incluida en la demanda.

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Jose Rene Galassi, fuerte impulsor del Registro de Obstructores de Vínculos, invita a participar en la audiencia.

"La norma vigente -en particular el artículo 4 de la Ley 16.986 de Acción de Amparo- no restringe la competencia judicial al domicilio de las partes, sino que adopta un criterio territorial objetivo, centrado en el lugar donde el acto impugnado produce efectos concretos y comprobables", explicó Galassi. "Las facturas presentadas demuestran que el perjuicio económico no es hipotético, sino actual y documentado".

JURISPRUDENCIA Y PRECEDENTES

Galassi también citó jurisprudencia de la Cámara Federal de Mendoza, que en el fallo "Asociación Defensa del Consumidor c/ Nación s/ amparo" (2017) estableció que el juez competente debe ser aquel cuya jurisdicción recibe el impacto del acto administrativo, más allá del lugar donde se dictó formalmente. "La competencia debe analizarse en clave funcional, contemplando la finalidad del proceso colectivo: garantizar el acceso a la Justicia del grupo afectado y asegurar la eficacia de la sentencia", añadió.

DERECHOS EN JUEGO

"La acción busca proteger derechos fundamentales frente a medidas arbitrarias que afectan el acceso a un servicio público esencial como la electricidad", señaló el letrado. De prosperar el planteo, podría sentar precedentes para que otras jurisdicciones reclamen participación activa en decisiones nacionales que inciden directamente en sus economías locales.

Finalmente, Galassi confió en que la Cámara Federal de Resistencia revoque la resolución de incompetencia y declare competente al Juzgado Federal 1 de Resistencia, en virtud de que los efectos de las resoluciones cuestionadas son directos, actuales y comprobados, y que el colectivo afectado reside en gran parte dentro de esa circunscripción.

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