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El Frente Chaco Merece Más había realizado la presentación

La Justicia Electoral desestimó la denuncia de una "campaña sucia" contra Capitanich

En su resolución, el organismo de todos modos advierte sobre la importancia del "juego limpio" en la campaña proselitista.

En el marco de la presentación realizada por los apoderados del Frente Chaco Merece Más por una supuesta "campaña sucia" contra Jorge Capitanich, el Tribunal Electoral de la provincia desestimó el planteo de la alianza opositora, pero recordó la importancia de comprometerse "con las buenas prácticas democráticas" en la realización de las acciones proselitistas.

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El Tribunal Electoral resolvió no hacer lugar al planteo del Frente Chaco Merece Más, pero instó a comprometerse con las "prácticas democráticas".

La resolución será remitida de todas maneras a la Justicia Federal donde se tramita una denuncia radicada por los representantes legales del frente, donde se pone en duda la procedencia de los fondos involucrados en la campaña y se exponen eventuales violaciones al honor del candidato en cuestión.

RESPETO

En su escrito, las autoridades del Tribunal Electoral instan a respetar la "transparencia en la información que permita un juego electoral limpio, para evitar generar confusión, desinformación, manipulación de información, crear y compartir publicaciones falsas", porque ello "afecta la libertad fundamental de formar una opinión propia para expresar un voto libre y de esta forma garantizar elecciones soberanas y justas".

En ese sentido, la resolución 146/25 "Alianza transitoria Frente Chaco Merece Más s/ reconocimiento elecciones legislativas 2025" "no hace lugar" al pedido de cese de difusión de publicidad contra el candidato Jorge Capitanich, "sin perjuicio de las acciones judiciales que eventualmente pudieran promoverse como derivación de tales expresiones".

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

La resolución del Tribunal Electoral, rubricada por la presidenta del cuerpo Emilia Valle, y la secretaria, Marcela Centurión Yedros, entre otros, sostiene que si bien las publicaciones en cuestión "exhiben contenidos negativos o críticos" acerca Jorge Capitanich, "son editadas, posteadas o reposteadas principalmente a partir de fragmentos de programas de televisión, de opiniones e información periodística".

"Es por esta razón, que se encuentran dentro del marco del derecho a la libre expresión sin censura previa, amparado por la Constitución Nacional en su artículo 14º y con jerarquía constitucional el Pacto de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 19° y la Convención Americana sobre Derechos Humanos", advierte.

En relación a publicaciones que fueron pagadas el Tribunal dice que "no desconoce el reto que representa a los principios democráticos la publicidad del financiamiento de las campañas" para evitar el ingreso de recursos ilegales, pero aclara que esa cuestión "ha sido planteada ante el organismo jurisdiccional competente".

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