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Memorias de Resistencia

El día que se aprobó la Carta Fundamental del Chaco

El 1 de marzo de 1958 se aprobó el texto definitivo de la Constitución del Chaco.

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Producido el derrocamiento del gobierno del presidente Perón en septiembre de 1955, ocurrió consecuentemente la cesación de las autoridades provinciales. El gobierno de la "Revolución Libertadora" en su proclama del 27 de abril de 1956 derogo la Constitución Justicialista de 1949 y las cartas constitucionales del Chaco, La Pampa y Misiones. Asimismo, excluyó la nominación "Provincia Presidente Perón" y dictó un Estatuto Provisional para la provincia intervenida.

Con fecha 28 de abril de 1957, el gobierno nacional decretó la convocatoria de elecciones de convencionales constituyentes, que se realizó el 28 de julio siguiente por el sistema electoral directo proporcional. Participando y fueron elegidos convencionales de todos los partidos políticos; 7 radicales intransigentes, 7 radicales del pueblo, 3 socialistas, 3 conservadores, 2 demócratas progresistas, 1 demócrata cristiano y 1 de la unión federal. Para aquel entonces el partido peronista estaba proscripto.

 El 26 de agosto de 1957 la convención integrada por 24 representantes inicó sus sesiones deliberando más de cuatro meses.             

El 8 de diciembre del mismo año declaró sancionada la 2º constitución de la provincia del Chaco.

El 23 de febrero de 1958 el pueblo eligió sus autoridades constitucionales, resultando gobernador Anselmo Zoilo Duca y 30 representantes para la nueva cámara de diputados, por el sistema directo proporcional. 

El 1 de marzo de 1958 en sesión especial la Convención Constituyente aprueba el texto definitivo de la Carta Fundamental del Chaco. 

La convención ejerciendo facultades propias de provincia autónoma y en representación del pueblo chaqueño, reivindicando la identidad chaqueña por fuera de la derogación del gobierno de facto y propia determinación, no reformo, sino en su totalidad invalido la carta orgánica de 1951 e impulso el nombre de Provincia del Chaco. El mentor principal y pilar fundamental de la redacción de esta Carta Orgánica fue el doctor Edgardo Rossi, que decía:

"Al emprender la tarea de redactar el proyecto de Constitución de 1957 para nuestra Provincia, mi preocupación primera y de los convencionales constituyentes fue concretar una auténtica Constitución para el Chaco, que comprenda sus circunstancias y factores propios, verdaderos y palpitantes que sea la expresión fiel de los elementos integrantes de su realidad en sus múltiples y esenciales aspectos".

Y continúa:

"La Constitución mejor, no es la más perfecta, sino la mejor ajustada al país y la más aceptable por y para la comunidad, no basta hacer una Constitución escrita con forma y aspecto de ley fundamental, debe ser bien recibida por el pueblo". 

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