Los fundamentos del rechazo a los planteos de nulidad de declaraciones de César y Marcela
"No se ha precisado en manera alguna cuál sería el agravio que la supuesta irregularidad habría ocasionado a los imputados", indican.
El Juzgado de Garantías N° 2 de Resistencia rechazó los planteos de nulidad de las declaraciones testimoniales que César Sena y Marcela Acuña prestaron el 8 de junio de este año. Ambos se encuentran detenidos en el marco de la causa 22.632/2023-1 "Sena, Cesar Mario Alejandro y otros s/ femicidio".
En los fundamentos de la resolución 52/23 -según informaron este martes desde el STJ-, el juez Héctor Horacio Sandoval señaló que tales pedidos resultan manifiestamente improcedentes en virtud de lo estipulado por los artículos 265, 267, 268, 191, 192, siguientes y concordantes del Código Procesal Penal del chaco, el artículo 18 de la Constitución Nacional y el artículo 20 del Código Penal.
Expte. 22632.23.1 -Fundamentos Nulidad.pdf
Sandoval recordó que "en la primera declaración de imputados tanto Sena como Acuña no solo fueron relevados de los juramentos prestados al momento de declarar en calidad de testigos, sino también fueron informados de todos los derechos que como imputados les asisten, principalmente el de abstenerse de declarar y sin que ello implique presunción de responsabilidad en su contra, conforme surge de las actas de declaración de imputados de orden SIGI 340 y 346 respectivamente". Es decir que tal como manda la CSJN "ambos imputados fueron puestos en conocimiento de sus derechos, por lo que en este sentido la garantía de autoincriminación se encuentra absolutamente respetada y resguardada".
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